SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 13/10/2022
- Fecha de entrada en vigencia: 13/10/2022
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RESOLUCIÓN 1100 DE 2022
(13 de octubre)
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución de Rectoría No. 1176 de 2019
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
En uso en uso de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por los numerales 15 y 18 del artículo 16 del Acuerdo 011 de 2005 y el artículo 11 del Acuerdo 002 de 2008, ambos del Consejo Superior Universitario y,
CONSIDERANDO
QUE conforme a los numerales 15 y 18 del artículo 16 del Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia, adoptado mediante Acuerdo 11 de 2005, el Rector tiene la función y facultad para delegar algunas de sus funciones legales, estatutarias o las previstas en normas internas de la Universidad en otros cuerpos o autoridades de la misma, dentro de los límites autorizados por el Consejo Superior Universitario, permitiendo así la desconcentración de funciones y la de expedir la reglamentación y los actos administrativos necesarios y que no sean competencia de otra autoridad universitaria.
QUE el Acuerdo 002 del 12 de febrero de 2008 del Consejo Superior Universitario adoptó el Régimen que contiene las normas generales de los acuerdos de voluntades en la Universidad Nacional de Colombia.
QUE el artículo 11 del Acuerdo 002 del 12 de febrero de 2008, autoriza al Rector para que, sin perjuicio de sus facultades legales y estatutarias, reglamente y adopte las medidas necesarias para la adecuada y ágil aplicación de dicho Acuerdo.
QUE mediante Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, se adoptó el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia, en cuyo artículo 13 fue fijada la competencia para adelantar todas las etapas y trámites del proceso contractual, incluyendo los trámites previos, la suscripción, ejecución, modificación, adición, prórroga, suspensión, interpretaciones, cesión y liquidación de órdenes contractuales y contratos.
QUE mediante los parágrafos de los artículos 1 y 2 de la Resolución de Rectoría 1176 de 2019 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, por la cual se adoptó el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia", de manera específica y temporal los vicerrectores fueron delegados para “para adelantar las etapas y trámites del proceso contractual, incluyendo los trámites previos, la suscripción, ejecución, modificación, adición, prórroga, suspensión, cesión y liquidación de órdenes contractuales y contratos derivados de los recursos de proyectos de inversión que comprometan a más de una sede, para el desarrollo de los programas del plan global de desarrollo 2019-2021 "11: Fortalecimiento e integración de los sistemas de información para el mejoramiento de la gestión y la toma de decisiones basadas en evidencia y 13: Transformación de la cultura organizacional y de la gestión institucional" lo cual se llevará a cabo a través de los Clúster y Grupos de TI conformados mediante oficio de Rectoría R-556-19 del 8 de mayo de 2019”
QUE el Acuerdo 316 de 2019 del Consejo Superior Universitario, modificó la estructura interna académico-administrativa del Nivel Nacional de la Universidad Nacional de Colombia, creando la Dirección Nacional de Estrategia Digital adscrita a la Rectoría, con el propósito de implementar gobernabilidad, toma de decisiones estratégicas y de gestión de TI con calidad y oportunidad, enmarcado en las necesidades actuales de la educación pública superior como factor estratégico institucional; así mismo, se suprimieron las Oficinas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de las Sedes de Bogotá, Medellín, Manizales y Palmira.
QUE el Acuerdo en cita, estableció la conformación de la Dirección Nacional de Estrategia Digital, adscribiendo las siguientes dependencias:
1. Oficina de Arquitectura Organizacional.
2. Oficina de Gestión de la Información
3. Oficina de Gobierno y Gestión Administrativa.
4. División Universidad Laboratorio
5. División de Gestión Tecnológica:
5.1. Sección de Seguridad de la Información
5.2. Sección de Aplicaciones
5.3. Sección de Infraestructura y Gestión de Servicios de TI
5.4. Sección de Gestión de Identidades Digitales
QUE mediante Resolución de Rectoría No. 419 de 2021 se determinan las funciones de las Secciones de TI ubicadas físicamente en las sedes andinas, a las cuales, de acuerdo con el modelo de estructura funcional creado, les corresponde gestionar las tecnologías a nivel institucional cubriendo las necesidades de la Universidad en general, así como determinar los recursos para su funcionamiento.
QUE mediante Resolución de Rectoría No. 420 de 2021 se define la ubicación física de las Secciones de la División de Gestión Tecnológica de la Dirección Nacional de Estrategia Digital, así: (Sección de Infraestructura y Gestión de Servicios de TI, ubicada físicamente en la sede Bogotá; Sección de Aplicaciones, ubicada físicamente en la sede Medellín; Sección de Seguridad de la Información, ubicada físicamente en la sede Manizales y Sección de Identidades Digitales, ubicada físicamente en la sede Palmira).
QUE con el fin de ejecutar el presupuesto destinado a las Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Universidad y armonizar las facultades temporales asignadas a los vicerrectores en los parágrafos de los artículos 1 y 2 de la Resolución 1176 de 2019 con la normativa que creó y asignó funciones permanentes a las Secciones de TI ubicadas físicamente en las sedes andinas, se hace necesario modificar los mencionados parágrafos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Modificar el parágrafo del artículo 1 de la Resolución de Rectoría No. 1176 de 2019, “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014”, el cual quedará así:
“Parágrafo: Se delega en los Vicerrectores de las sedes Bogotá y Medellín, la facultad para adelantar las etapas y trámites del proceso contractual, incluyendo los trámites previos, la suscripción, ejecución, modificación, adición, prórroga, suspensión, cesión y liquidación de órdenes contractuales y contratos, financiados con recursos de inversión y funcionamiento para gastos de tecnologías de la Universidad que comprometan a más de una sede, lo cual se llevará a cabo a través de las Secciones adscritas a la División de Gestión Tecnológica de la Dirección Nacional de Estrategia Digital, de acuerdo a la ubicación definida en la Resolución de Rectoría 420 de 2021, o la norma que la adicione, modifique, o sustituya”.
ARTÍCULO 2. Modificar el parágrafo del artículo 2 de la Resolución de Rectoría No. 1176 de 2019, “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014”, el cual quedará así:
“Parágrafo: Se delega en los Vicerrectores de las sedes Manizales y Palmira, la facultad para adelantar las etapas y trámites del proceso contractual, incluyendo los trámites previos, la suscripción, ejecución, modificación, adición, prórroga, suspensión, cesión y liquidación de órdenes contractuales y contratos, financiados con recursos de inversión y funcionamiento para gastos de tecnologías de la Universidad que comprometan a más de una sede, lo cual se llevará a cabo a través de las Secciones adscritas a la División de Gestión Tecnológica de la Dirección Nacional de Estrategia Digital, de acuerdo a la ubicación definida en la Resolución de Rectoría 420 de 2021, o la norma que la adicione, modifique, o sustituya”.
ARTÍCULO 3. Los demás términos de la Resolución de Rectoría No.1176 de 2019 que no se modifican con la presente resolución permanecen vigentes.
ARTÍCULO 4. En cumplimiento a lo dispuesto en el Acuerdo 070 de 2012 del Consejo Superior Universitario, la presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema de Información Normativa Jurisprudencial y de Conceptos – Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia y deroga aquellas disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los trece (13) días del mes de octubre de 2022
DOLLY MONTOYA CASTAÑO
Rectora