RESOLUCIÓN 1148 DEL 2022

(24 de octubre)

 

“Por la cual se establece el Calendario Académico de la Universidad Nacional de Colombia para el primer y segundo períodos académicos del año 2023”

LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

en ejercicio de la delegación conferida por el Consejo Superior Universitario

mediante Acuerdo 071 de 2006, y

CONSIDERANDO

QUE mediante Acuerdo 071 del 14 de noviembre de 2006, el Consejo Superior Universitario delegó en el Rector la función de expedir el Calendario Académico anual de la Universidad Nacional de Colombia.

 

QUE para el mejor desenvolvimiento de los programas académicos de la Universidad Nacional se hace necesario unificar algunas actividades académicas para todas las Sedes y Sedes de Presencia Nacional.

 

En mérito de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Establecer el siguiente calendario de actividades académicas para las Sedes y Sedes de Presencia Nacional de la Universidad Nacional de Colombia:

 

 

PRIMER PERÍODO ACADÉMICO DE 2023. Texto original subrayado fue modificado por Art. 1, Resolución de Rectoría 0021 de 2023.

 

1. Inscripción de asignaturas

Hasta febrero 3

2. Iniciación de clases

Febrero 6

3. Semana Santa

3 al 8 de abril

4. Examen de admisión Pregrado

     Examen de admisión Posgrado

Abril   (pendiente por definir)

Mayo (pendiente por definir)

5. Finalización de clases

Junio 3

6. Reporte del 100% de calificaciones al SIA*

Hasta las 5 p.m. de junio 9

 

PERÍODO INTERSEMESTRAL 2023

 

Período Intersemestral

Junio 20 a julio 21

 

SEGUNDO PERÍODO ACADÉMICO DE 2023

 

1. Inscripción de asignaturas

Hasta Agosto 4

2. Iniciación de clases

Agosto 8

3. Semana Universitaria

Septiembre 18 al 23

4. Examen de admisión Pregrado

     Examen de admisión Posgrado

Septiembre (pendiente por definir)

Octubre       (pendiente por definir)

5. Finalización de clases

Diciembre 2

6. Reporte del 100% de calificaciones al SIA*

Hasta las 5 p.m. de Diciembre 7

*    Para asignaturas y actividades académicas de 16 semanas de duración

 

PARÁGRAFO 1. Para las siguientes actividades académicas de posgrado: Proyecto de Tesis de Doctorado, Tesis de Doctorado, Tesis de Maestría, Trabajo Final de Maestría y Trabajo Final de Especialidad, dado que requieren una evaluación por jurados y/o evaluadores, las Divisiones de Registro, por solicitud de las Secretarías de Facultad, podrán modificar la nota definitiva hasta el día definido en este calendario para la finalización de clases del siguiente periodo académico, a las 5:00 p.m. Luego de transcurrido este tiempo, es necesaria la autorización del Consejo de Facultad o quien haga sus veces.

 

PARÁGRAFO 2. Entiéndase como último día del período académico, el correspondiente al día hábil anterior al de iniciación de clases del período académico siguiente.

 

ARTÍCULO 2. Los Consejos de Sede y Comités Académico Administrativos expedirán el calendario académico detallado para los programas de pregrado, posgrado y las actividades académicas y administrativas específicas de la Sede. El Consejo de Sede y Comités Académico Administrativos informarán a la Secretaría General sobre el calendario adoptado.

 

ARTÍCULO 3. Para la expedición del calendario académico detallado, se deberán tomar en consideración las siguientes directrices:

 

a.   Para las asignaturas y actividades académicas con duración entre 17 y 20 semanas, la fecha límite para el ingreso de calificaciones al Sistema de Información Académica -SIA-, será el viernes de la semana 21 a las 5 de la tarde.

b.   Las actividades de los programas académicos del área de la Salud podrán programarse por fuera de los períodos señalados en el artículo 1 de la presente Resolución.

 

ARTÍCULO 4. Las Facultades que administren programas curriculares de más de 16 semanas podrán finalizar las clases con la posterioridad que requieran durante el primer período académico de 2023 o iniciar las clases con la anticipación necesaria en el segundo periodo académico de 2023.

 

ARTÍCULO 5. Dentro de las cuatro (4) primeras semanas de cada período académico, las Secretarías de Facultad o quien haga sus veces, mediante Resolución, podrán modificar las calificaciones del período académico inmediatamente anterior. Luego de transcurrido este tiempo es necesaria la autorización del Consejo de Facultad o quien haga sus veces.

 

ARTÍCULO 6. Establecer el siguiente calendario para las ceremonias de grado del año 2023 en la Universidad Nacional de Colombia:

 

CEREMONIAS DE GRADOS

 

Inscripción de candidatos a grado

(primera ceremonia)

16 de enero al 6 de febrero

Primera ceremonia de grados

10 de abril al 22 abril

Inscripción de candidatos a grado

(segunda ceremonia)

26 de junio al 18 de julio

Segunda ceremonia de grados

18 de septiembre al 30 de septiembre

 

ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de 2022

 

  

DOLLY MONTOYA CASTAÑO

Rectora