ACUERDO 221 DE 2008

(Acta 11 del 28 de noviembre)

"Por el cual se modifican los programas curriculares de Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química y de Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá, y se adaptan al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario."

EL CONSEJO ACADÉMICO

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el programa curricular de posgrado Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química fue creado mediante Acuerdo 034 de 1986 del Consejo Superior Universitario y su plan de estudios fue aprobado mediante Acuerdo 009 de 1986 del Consejo Académico.

Que el programa curricular de posgrado Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química fue creado mediante Acuerdo 022 de 2005 del Consejo Superior Universitario y su plan de estudios fue autorizado mediante Acuerdo 013 de 2005 del Consejo Académico.

Que mediante Acta 27 de noviembre de 2008 el Consejo de la Facultad de Ingeniería avaló la propuesta de modificación del programa curricular de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química mediante la apertura de plan de estudios de investigación.

Que mediante Acta 27 de noviembre de 2008 el Consejo de la Facultad de Ingeniería avaló la propuesta de modificación del programa curricular del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química.

Que el Consejo Académico, en su sesión 11 del 28 de noviembre de 2008 de 2008 estudió la modificación del programa curricular de posgrado Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química, mediante la apertura de los planes de estudio de profundización y de investigación del mismo, en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.

Que el Consejo Académico, en su sesión 11 del 28 de noviembre de 2008 analizó la modificación del plan de estudios del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO 1. Modificar el programa curricular de Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química en la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá, autorizando la apertura de los planes de estudios de profundización y de investigación del mismo, con el fin de adaptarlo al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario.

ARTÍCULO 2. Modificar el programa curricular de Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química de la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá, con el fin de adaptarlo al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario.

ARTÍCULO 3. Los objetivos de formación específicos del plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química son los siguientes:

1. Identificar, valorar y generar conceptos sustentados sobre la problemática de la Ingeniería Química en el país, y sus necesidades de fortalecimiento tecnológico.

2. Desarrollar y aplicar metodologías de diseño e innovación a la solución de problemas de Ingeniera Química en el sector industrial desde la visión global hasta las aplicaciones puntuales.

3. Formular proyectos de desarrollo que permitan generar soluciones que mejoren el desempeño industrial con un enfoque disciplinario y/o interdisciplinario.

ARTÍCULO  4. Texto original subrayado fue modificado por art. 1, Acuerdo CA 050 de 2009. El plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química tendrá una duración de cuatro (4) semestres y estará integrado por los siguientes conjuntos de asignaturas:

Tipo de asignatura

Créditos

Asignaturas obligatorias

Trabajo Final

Propuesta de Trabajo Final

Seminarios de investigación

Seminarios temáticos

Subtotal

 

10

4

6

12

32

Asignaturas elegibles

20

 Total

52

ARTÍCULO 5. Los objetivos de formación específicos del plan de estudios de investigación de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química son los siguientes:

1. Desarrollar conocimientos, habilidades y destrezas que permitan la participación activa del estudiante en procesos de investigación que generen nuevos conocimientos científicos y tecnológicos en el campo de la Ingeniería Química.

2. Identificar, valorar y generar conceptos sustentados sobre la problemática de la Ingeniería Química en el país, y sus necesidades de investigación.

3. Desarrollar y aplicar metodologías rigurosas de estudio e investigación a la solución de problemas de la Ingeniería Química en el país, desde la visión global hasta las aplicaciones puntuales.

ARTÍCULO 6. El plan de estudios de investigación de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química tendrá una duración de cuatro (4) semestres y estará integrado por los siguientes conjuntos de asignaturas:

Tipo de asignatura

Créditos

Asignaturas obligatorias

Tesis

Proyecto de Tesis

Seminarios de investigación

 

Subtotal

 

22

4

6

 

32

Asignaturas elegibles

20

Total

52

ARTÍCULO 7. Los objetivos de formación específicos del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química son los siguientes:

1. Formar investigadores autónomos del más alto nivel, con capacidad de proponer, dirigir y realizar investigación que conduzcan a la generación de nuevo conocimiento en el área de Ingeniería Química.

2. Formar investigadores con capacidad de formular y desarrollar proyectos de investigación que permitan generar soluciones de alto impacto, que contribuyan al progreso del país.

ARTÍCULO 8. El plan de estudios del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química tendrá una duración de ocho (8) semestres y estará integrado por los siguientes conjuntos de asignaturas:

Tipo de asignatura

Créditos

Asignaturas obligatorias

Tesis

Proyecto de tesis

Examen de calificación

Seminarios de investigación

Subtotal

 

90

13

6

6

115

Asignaturas elegibles

20

Total

135

ARTÍCULO 9. La articulación entre los distintos niveles de formación se realizará de la siguiente manera:

1. Quienes hayan cursado y aprobado alguno de los planes de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química, en la Facultad de Ingeniería, de la Sede Bogotá, de la Universidad Nacional de Colombia, podrán solicitar al Consejo de Facultad la equivalencia de las asignaturas allí cursadas por el total de los créditos de asignaturas elegibles del plan de estudios del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química.

2. Por consideración del Comité Asesor y Resolución del Consejo de Facultad, quienes hayan cursado otras Maestrías en el área de Ingeniería podrán homologar o convalidar las asignaturas allí cursadas hasta por el 100 % de los créditos de asignaturas elegibles del plan de estudios del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química.

3. La tesis del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química podrá ser, por consideración del Comité Asesor, una continuación de la tesis de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química.

ARTÍCULO 10. La Universidad Nacional de Colombia otorgará el título de Magíster en Ingeniería - Ingeniería Química a quienes cursen y aprueben alguno de los planes de estudios de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Química y cumplan todos los requisitos definidos en los estatutos y reglamentos vigentes para los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

ARTÍCULO 11. Texto original subrayado fue modificado por art. 6, Acuerdo CA 028 de 2009. La Universidad Nacional de Colombia otorgará el título de Doctor en Ingeniería - Ingeniería Química a quienes cursen y aprueben el plan de estudios del Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Química y cumplan todos los requisitos definidos en los estatutos y reglamentos vigentes para los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

ARTÍCULO 12. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los veintiocho (28) días del mes de noviembre de dos mil ocho (2008)

MOISÉS WASSERMANN LERNER

Presidente

JORGE ERNESTO DURÁN PINZÓN

Secretario