ACUERDO 052 DE 2009

(Acta 6 del 31 de julio)

"Por el cual se modifica el artículo 3 del Acuerdo 267 de 2008 del Consejo Académico, referente al plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Estructuras en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá"

EL CONSEJO ACADÉMICO

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo 267 de 2008, el Consejo Académico modificó el programa curricular de la Maestría en Ingeniería - Estructuras, ajustándolo al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario.

Que la norma citada, autorizó la apertura de los planes de estudio de profundización e investigación de la Maestría en Ingeniería - Estructuras.

Que el artículo 3 del Acuerdo 267 de 2008 estableció el plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Estructuras.

Que es necesario modificar el plan de estudio indicado con el fin de facilitar la flexibilidad y la movilidad de los estudiantes entre Programas y Sedes unificando el número de créditos asignados.

Que mediante Acta 002 del 12 de febrero de 2009, el Consejo de la Facultad de Ingeniería avaló la propuesta de modificación del plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Estructuras.

Que el Consejo Académico, en su sesión 06 del 31 de julio de 2009, aprobó la modificación del plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Estructuras en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA

Artículo  1. Modificar el artículo 3 del Acuerdo 267 de 2008 del Consejo Académico, en el siguiente sentido:

"ARTÍCULO 3. El plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Estructuras tendrá una duración de cuatro (4) semestres y estará integrado por los siguientes conjuntos de asignaturas:

Tipo de asignatura

Créditos

Asignaturas obligatorias

 

Trabajo Final

10

Propuesta trabajo final

4

Seminarios de profundización

6

Componente central

12

Subtotal

32

Asignaturas elegibles

20

Total

52

Artículo 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días del mes de julio de dos mil nueve (2009).

MOISÉS WASSERMANN LERNER

Presidente

JORGE ERNESTO DURÁN PINZÓN

Secretario