RESOLUCIÓN 1008 DE 2003

(14 de agosto)

Derogada por Art. 5, Resolución Rectoría 175 de 2016. y por Art. 3, Resolución Rectoría RG 14 de 2012.

"Por la cual se formalizan los símbolos de identidad visual de la Universidad y se definen las aplicaciones generales para su utilización"

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

En uso de sus facultades legales y estatutarias y

CONSIDERANDO:

Que los símbolos que utiliza la Universidad representan su identidad y tradición académica, forman parte de su memoria institucional y se constituyen en valores culturales para la comunidad.

Que su utilización continua desde su creación refleja su reconocimiento y el sentido de pertenencia de los miembros de la comunidad universitaria.

Que su utilización homogénea y coherente contribuye a reforzar y proteger su imagen Institucional.

Que la Universidad estudia y enriquece la cultura y es su deber propender por la conservación del patrimonio cultural colombiano.

RESUELVE:

Artículo 1. Formalizar como símbolos de la Universidad Nacional de Colombia los enunciados a continuación:

1. El escudo diseñado en 1937 por solicitud del entonces secretario general Otto de Greiff y revisado en 1947 por el maestro Francisco Duarte, tal y como aparece en el anexo gráfico N° 1.

2. El logotipo con las iniciales UN diseñado en 1967 por el arquitecto Ricardo Velásquez, tal y como aparece en el anexo gráfico N° 2.

Artículo  2. Determinar la siguiente normativa básica de identidad visual de la institución para la utilización y aplicación de los símbolos formalizados:

1. La razón social de la institución es Universidad Nacional de Colombia. No se deben omitir palabras o usar abreviaciones.

2. Los parámetros generales para la utilización y aplicación del escudo de la Universidad Nacional de Colombia son:

2.1. La utilización del escudo en una dimensión proporcionada a una altura mayor o igual a cuatro centímetros corresponderá al modelo establecido en el anexo N° 1.

2.2. Texto original subrayado fue modificado por art. 1, Resolución Rectoría 517 de 2009. La utilización del escudo en una dimensión proporcionada a una altura menor a cuatro centímetros y mínimo de un centímetro y medio corresponderá al modelo establecido en el anexo N° 1.

2.3. Texto original subrayado fue modificado por art. 2, Resolución Rectoría 517 de 2009. Para la papelería institucional y específicamente para la correspondencia, siempre se utilizará el escudo acompañado por el texto "Universidad Nacional de Colombia" y de acuerdo con las necesidades se adicionará: el nombre de la oficina o Unidad de Apoyo a la Gestión si se trata del nivel nacional o el nombre de la sede si se trata del nivel de sede y los respectivos nombres de las oficinas o Unidades de Apoyo a la Gestión del nivel de sede, de la Facultades y sus Unidades Básicas de Gestión Académico-Administrativa o Unidades de Apoyo a la Gestión. Su localización en la hoja podrá ser lateral, en el área superior derecha y su utilización se realizará de acuerdo con los modelos de aplicación establecidos en el anexo gráficos N° 3.

2.4. La utilización del escudo y los textos que lo acompañan, centrados en la parte superior de la hoja, será opcional de acuerdo con las necesidades de cada unidad, según los modelos de aplicación establecidos en el anexo gráficos N° 4.

2.5. Texto original subrayado fue modificado por art. 3, Resolución Rectoría 517 de 2009. Para su uso y en el espíritu de austeridad en el gasto, se utilizará:

Para la papelería institucional y especialmente para la correspondencia, la reproducción en blanco y negro. La versión a color se reproducirá tal y como aparece en el anexo gráfico N° 5 y su utilización será definida en el Manual de Identidad Visual de la Universidad Nacional de Colombia.

2.6. Los tipos de letra establecidos para los textos que acompañan el escudo y que aparecen en los anexos gráficos deben respetarse. Dichos tipos de letra son:

a. Goudy Old Style BT: se utilizará para los siguientes textos: Universidad Nacional de Colombia, el nombre de las sedes y el nombre de las Facultades.

b. Humanst521 BT en negrilla: se utilizará para los nombres de la oficina, Unidad de apoyo a la Gestión o Unidad Básica de Gestión Académico - Administrativa que específicamente envía la correspondencia.

3. Los parámetros generales para la utilización y aplicación del logotipo de la Universidad Nacional de Colombia con las iniciales UN son:

3.1. Se realizará de acuerdo con las proporciones establecidas en el anexo gráfico N° 2.

3.2. Su aplicación tendrá un carácter más informal y se orientará principalmente a uniformes, marcas de vehículos, vallas, carteleras, proyectos de señalización, productos de mercadeo.

3.3. El logotipo podrá acompañarse del texto "Universidad Nacional de Colombia" y del nombre de las sedes si se considera necesaria su especificación y se realizará de acuerdo con los modelos establecidos en el anexo gráfico N° 6.

3.4. El tipo de letra establecido para los textos que acompañan el logotipo y que aparece en los anexos gráficos debe respetarse. Dicho tipo de letra es: Futura Lt BT.

4. El color que caracterizará la Universidad Nacional de Colombia será el verde, de acuerdo con las especificaciones establecidas en el anexo gráfico N° 7.

5. Texto original subrayado fue modificado por art. 4, Resolución Rectoría 517 de 2009. Para la aplicación del logotipo, en especial en los productos de mercadeo, se podrán utilizar a discreción, otros colores.

Artículo 3. Ninguna unidad de la Universidad Nacional de Colombia puede incorporar símbolos, logotipos o logosímbolos diferentes a los dispuestos oficialmente como representativos de su identidad visual.

Artículo 4. En el término de dos meses, el Manual de Identidad Visual de la Universidad Nacional de Colombia reglamentará las especificaciones referentes al uso y aplicaciones detalladas de los símbolos que identifican la institución y que se formalizan en esta Resolución.

Artículo  5. Texto original subrayado fue modificado por art. 5, Resolución Rectoría 517 de 2009. Para facilitar el uso de los símbolos establecidos en la presente resolución, los miembros de la comunidad universitaria podrán consultar la siguiente dirección electrónica: www.unal.edu.co/paginas/escudo_un.html.

Artículo 6. La presente Resolución rige a partir del 1° de enero de 2004.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los 14 días del mes de agosto de 2003.

MARCO PALACIOS ROZO

Rector General