ACUERDO 005 DE 2011

(Acta 14 del 14 de abril)

"Por el cual se establece el número de puntos a pagar por concepto de derechos académicos en los programas curriculares de posgrado de la Facultad de Medicina"

EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE MEDICINA

En ejercicio de sus facultades legales conferidas por el artículo cuarto del Acuerdo 029 de 2010 del Consejo Superior Universitario y,

CONSIDERANDO

1. Que el Consejo Superior Universitario, mediante Acuerdo 008 de 2008, artículo 13, reglamenta la matrícula inicial como el acto inicial e individual por el cual el admitido a la Universidad Nacional de Colombia adquiere la calidad de estudiante.

2. Que el Consejo Superior Universitario, mediante Acuerdo 029 del 14 de diciembre de 2010, establece el costo de matrícula de los programas curriculares de postgrado de la Universidad Nacional de ColombÍA.

3. Que el Acuerdo 029 de 2010 del Consejo Superior Universitario, en su artículo 4, reglamenta que es potestad de los Consejos de Facultad establecer los costos de derechos académicos.

4. Que el Consejo de Facultad en sesión del 14 de abril de 2011, acta 14, estudió y avaló la propuesta presentada por la Secretaría de Facultad para reglamentar el costo de los derechos académicos.

5. De acuerdo a lo anterior se deben adoptar las medidas contempladas en la parte dispositiva del presente acuerdo.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Objeto. El presente acuerdo tiene por objeto establecer el número de puntos por concepto de derechos académicos en los programas de Posgrado de la Facultad de Medicina, para los aspirantes que sean admitidos o los estudiantes que reingresen a partir del 2011-03, así, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 029 de 2010 del consejo Superior Universitario:

ARTÍCULO  2. Texto original subrayado modificado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 147 de 2012. Distribución. Los puntos contemplados en el artículo anterior se distribuirán de la siguiente manera:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

DOCTORADO CIENCÍAS BIOMÉDICAS

2711

200

SEMESTRAL

DOCTORADO EN SALUD PÚBLICA

2712

200

SEMESTRAL

ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN

2713

120

ANUAL

CIRUGÍA GENERAL

2714

120

ANUAL

CIRUGÍA PEDIÁTRICA

2715

120

ANUAL

CIRUGÍA PLÁSTICA

2716

120

ANUAL

CUIDADO INTENSIVO PEDIÁTRICO

2717

120

ANUAL

DERMATOLOGÍA

2718

120

ANUAL

ENDOCRINOLOGÍA MG

2719

120

ANUAL

ENDOCRINOLOGÍA MI

2720

120

ANUAL

GASTROENTEROLOGÍA MI

2722

120

ANUAL

GERÍATRÍA MG

2723

120

ANUAL

GERÍATRÍA MI

2617

120

ANUAL

HEMATOLOGÍA

2724

120

ANUAL

INFECTOLOGÍA MI

2726

120

ANUAL

MEDICINA AEROESPACÍAL

2727

400

ANUAL

MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN

2728

120

ANUAL

MEDICINA FORENSE

2729

120

ANUAL

MEDICINA INTERNA

2730

120

ANUAL

NEUMOLOGÍA CLÍNICA MI

2732

120

ANUAL

NEUROCIRUGÍA

2733

120

ANUAL

NEUROLOGÍA CLÍNICA

2734

120

ANUAL

NEUROPEDÍATRÍA

2735

120

ANUAL

OBSTETRICÍA Y GINECOLOGÍA

2736

120

ANUAL

OFTALMOLOGÍA

2737

120

ANUAL

ONCOHEMATOLOGÍA PEDÍATRICA

2738

120

ANUAL

ORTOPEDÍA Y TRAUMATOLOGÍA

2739

120

ANUAL

OTORRINOLARINGOLOGÍA

2740

120

ANUAL

PATOLOGÍA ANATÓMICA Y CLÍNICA

2741

120

ANUAL

PEDIATRÍA

2742

120

ANUAL

PERINATOLOGÍA Y NEONATOLOGÍA

2743

120

ANUAL

PSIQUIATRÍA

2744

120

ANUAL

RADIOLOGÍA E IMÁGENES DIAGNÓSTICAS

2745

120

ANUAL

REUMATOLOGÍA

2746

120

ANUAL

UROLOGÍA

2747

120

ANUAL

ESPECÍALIZACIÓN EN ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN EN PROMOCIÓN DE LA SALUD

2748

120

SEMESTRAL

ESPECÍALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN EN SALUD PÚBLICA

2827

175

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN BIOQUÍMICA

2750

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN DISCAPACIDAD E INCLUSIÓN SOCÍAL

2751

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN EPIDEMIOLOGÍA CLÍNICA

2752

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN FISIOLOGÍA

2753

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN GENÉTICA HUMANA

2754

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN INFECCIONES Y SALUD EN EL TRÓPICO

2755

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN INGENIERÍA BIOMÉDICA

2756

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN MEDICINA ALTERNATIVA

2565

200

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN NEUROCIENCÍAS

2758

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN SALUD PÚBLICA

2759

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN TOXICOLOGÍA

2760

150

SEMESTRAL

MAESTRÍA EN MORFOLOGÍA HUMANA

2815

150

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 072 de 2012:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

MAESTRÍA EN FISIOTERAPIA DEL DEPORTE Y ACTIVIDAD FÍSICA

2852

150

ANUAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 090 de 2012:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

MAESTRÍA EN SALUD PÚBLICA- Profundización del Convenio con la Universidad Pedagógica y Tecnológica Sede Tunja.

2859

180

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 311 de 2014:

PROGRAMA

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

150

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 374 de 2015:

PROGRAMA

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

2597_ESPECIALIDAD EN GERIATRÍA MÉDICOS FAMILIARES

120

ANUAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 380 de 2015:

PROGRAMA

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

2891_ESPECIALIDAD EN RADIOLOGÍA PEDIÁTRICA

60

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 515 de 2017:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

106335_DOCTORADO DE ONCOLOGÍA

2934

200

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 516 de 2017:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

106340_MAESTRÍA DE INMUNOLOGÍA

2935

150

SEMESTRAL

Adicionado por Art. 1, Acuerdo CF Medicina 517 de 2017:

PROGRAMA

PLAN

ACADÉMICOS

RÉGIMEN

106336 ESPECIALIDAD EN MEDICINA DEL DEPORTE

2912

190

SEMESTRAL

 

ARTÍCULO 3. Sistema de puntos. Los costos De matrícula para los estudiantes de postgrado de la Universidad Nacional de Colombia se definen mediante un sistema de puntos establecido por el Consejo Superior Universitario, en el que un (1) punto equivale a un (1) día de salario mínimo mensual legal.

ARTÍCULO 4. Derogado por Art. 1, Acuerdo CSU 007 de 2011. Estudiantes extranjeros. El costo de los derechos académicos para estudiantes extranjeros admitidos a partir del período académico 2011-03 será el doble del costo establecido en el artículo 1 de la parte resolutiva del presente acuerdo.

ARTÍCULO 5. Vigencia. El presente acuerdo rige para los estudiantes que sean admitidos o los estudiantes que reingresen a partir del 2011-03.

PARÁGRAFO ÚNICO. Para que el presente acuerdo adquiera vigencia y produzca efectos jurídicos, deberá ser publicado, de manera inmediata a su expedición, en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de conceptos ¿ Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, a cargo de la Secretaría General.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.-

Dado en Bogotá, a los catorce (14) días del mes de abril de dos mil once (2011).

CARLOS ALBERTO AGUDELO CALDERÓN

Presidente

KARIM MARTINA ÁLVIS GÓMEZ

Secretaría