SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 31/08/2011
- Fecha de entrada en vigencia: 18/10/2011
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ACUERDO 008 DE 2011
(Acta 13 del 16 de agosto)
Por el cual se conforma el Grupo de Gestión Ambiental, Emergencias y Salud Ocupacional de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de Colombia Sede Medellín
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA
En uso de sus facultades legales, y especialmente las conferidas en el Artículo 35 del Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO
1. Que mediante el Decreto 614 de 1984, se determinan las bases para la organización y administración de salud ocupacional en el país y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante la expedición de la Resolución 1016 de 1989, reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el País.
2. Que mediante acta 11 del 12 de octubre de 2010, el Consejo Superior Universitario aprobó el Plan Maestro de Salud Ocupacional de la Universidad Nacional de Colombia, con el cual se pretende estructurar un proceso eficiente en el que participe la población laboral, que garantice su efectivo desarrollo, propicie ambientes de trabajo seguros, apoye el bienestar y la productividad del personal docente, administrativo, estudiantes, contratistas y terceras personas que contribuyen con la misión institucional y garantizar el cumplimientos de los requerimientos establecidos en la legislación nacional en materia de Seguridad Industrial y Medicina Preventiva y del Trabajo.
3. Que dentro de las políticas de la Universidad, está la de implementar mejoras en la gestión en salud y seguridad en el trabajo en todas las sedes de la Universidad.
4. Que para la Facultad de Arquitectura es de carácter prioritario el fortalecimiento y desarrollo de acciones orientadas al mejoramiento de las condiciones de trabajo y la construcción de espacios laborales seguros y saludables.
5. Que es política de la Facultad de Arquitectura la implementación de las normas de salud, seguridad en el trabajo y gestión ambiental en todas y cada una de las actividades que desarrolla, motivo por el cual se hace necesaria la creación del Grupo de Gestión Ambiental, Emergencias y Salud Ocupacional "GAESO"
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Crear el Grupo de Gestión Ambiental, Emergencias y Salud Ocupacional (GAESO), en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional Sede Medellín.
ARTÍCULO 2. El Grupo de Gestión Ambiental, Emergencias y Salud Ocupacional (GAESO) estará integrado por:
Miembros permanentes:
- Director de Bienestar (Coordinador del grupo)
- Un representante del área administrativa designado por el Consejo de Facultad, quien actuará como Secretario Técnico.
- Un Representante de los docentes designado por el Consejo de Facultad de acuerdo a ternas propuestas por las Unidades Académicas Básicas de la Facultad.
- Representante Estudiantil de Pregrado elegido por convocatoria de los Programas Curriculares de pregrado de la Facultad.
Invitados ocasionales:
- Decano de la Facultad
- Asistencia Administrativa
- Un delegado de la sección de Servicios Generales
- Un delegado de la dirección de Planeación
- Un delegado de la sección de Salud Ocupacional
- Un delegado del Comité de Gestión Ambiental (CGA)
- Un delegado del Comité de Prevención del Riesgo y Atención de la Emergencia (CPRAE)
PARÁGRAFO 1. Los miembros del Grupo por parte de la Facultad, tendrán asignadas dentro de su jornada de trabajo por lo menos dos (2) horas semanales para el cumplimiento de sus funciones.
PARÁGRAFO 2 La designación del Director de Bienestar y del representante del Área Administrativa es permanente, la del representante de los docentes y de estudiantes de pregrado será por los períodos institucionales de la representaciones, siempre y cuando conserven las calidades correspondientes.
ARTÍCULO 3.Texto original subrayado fue modificado por Art. 1, Acuerdo Cf Arquitectura 036 de 2016. El Grupo se reunirá ordinariamente 1 vez por mes y en forma extraordinaria cuando se presenten situaciones urgentes de su competencia que requieran ser atendidas y/o solucionadas de inmediato.
PARÁGRAFO 1(sic). Las reuniones extraordinarias serán convocadas por el Coordinador del Grupo por iniciativa propia o por solicitud escrita dirigida a este último por parte de cualquiera de los miembros de la comunidad universitaria de la Facultad.
ARTÍCULO 4. Son funciones del Grupo:
1. Coordinar y apoyar los programas y acciones institucionales establecidas por el CPRAE, Salud Ocupacional y el Comité de Gestión Ambiental.
2. Identificar, monitorear y jerarquizar los problemas a través el (sic) CPRAE, Salud Ocupacional y el Comité de Gestión Ambiental y proponer soluciones a los mismos.
3. Canalizar, divulgar, cumplir y velar por que las normas y políticas del CPRAE, Salud Ocupacional y el Comité de Gestión Ambiental se cumplan en todos los escenarios de la Facultad.
4. Actualizar periódicamente las bases de datos y procedimientos relacionados con el CPRAE, Salud Ocupacional y el Comité de Gestión Ambiental.
5. Estudiar, analizar, discutir y adecuar las políticas y normas científicas, tecnológicas éticas y legales, establecidas tanto a nivel nacional como internacional en el área de la prevención y control de los diferentes factores de riesgo particulares de la Facultad de Arquitectura, además de contribuir en lo posible en el diseño de las mismas.
6. Diseñar las normas, manuales y guías específicos de la Facultad, analizar, definir, actualizar y monitorear periódicamente con el concurso de las áreas académicas competentes.
7. Asesorar y/o buscar asesoría oportuna en los campos de su competencia.
8. Revisar y analizar las normas, manuales, protocolos y guías específicos para la Facultad, propuestas por el CPRAE, Salud Ocupacional y el Comité de Gestión Ambiental y someterlas a la aprobación del Consejo de Facultad.
9. Difundir, cumplir y velar por que las normas manuales y guías se cumplan en todos la escenarios de la Facultad.
ARTÍCULO 5. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Expedida en Medellín, el 31 de agosto de 2011.
JUAN CARLOS OCHOA BOTERO
Decano
GLORIA PATRICIA SÁNCHEZ ARISTIZÁBAL
Secretaria