SEDE MEDELLÍN

ACUERDO 011 DE 2012

(Acta 20 de Noviembre 21 de 2011)

"Por el cual se modifican los Artículos 1, 2, 3 y 10 del Acuerdo 05 de 2009 del Consejo de la Facultad de Arquitectura"

EL CONSEJO DE FACULTAD DE ARQUITECTURA

En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y especialmente las otorgadas en el Capítulo 6, Artículo 35, del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario y en el Artículo 12 de la Resolución 022 de 2011 de la Vicerrectoría Académica.

CONSIDERANDO:

1. Que el Artículo 12 de la Resolución 022 de 2011 de la Vicerrectoría Académica señala que los Consejos de Facultad reglamentarán sobre las características de los Trabajos de Grado que se desarrollen bajo la modalidad de Trabajos de investigación y de las Prácticas de Extensión, así como los alcances de estas modalidades.

2. Que el Consejo de la Facultad mediante el Acuerdo 04 del 27 de octubre de 2009, reglamentó la asignatura Trabajo de Grado para los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Arquitectura.

3. Que el Artículo 2 del Acuerdo 04 del 27 de octubre de 2009 del Consejo de Facultad, considera, dentro de los posibles tipos de Trabajo de Grado para los programas curriculares de Arquitectura, Artes Plásticas y de Construcción, las Pasantías como una posibilidad de Prácticas de Extensión.

4. Que el Artículo 4 del Acuerdo 04 del 27 de octubre de 2009 del Consejo de Facultad define que El Consejo de Facultad expedirá un Acuerdo que reglamentará los Trabajos de Grado que se realicen bajo la modalidad de Prácticas de Extensión, con el tipo de Pasantía.

5. Que el Consejo de Facultad expidió el Acuerdo 05 de 2009, mediante el cual reglamentó las Pasantías como opción de trabajo de grado bajo la modalidad de Prácticas de Extensión para los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de Colombia.

6. Que el Consejo de Facultad en sesión del 21 de noviembre de 2011, Acta 20, aprobó las Pasantías como opción de Trabajo de Grado para el Programa Curricular de Artes Plásticas, que no había sido incluida en el Acuerdo antes mencionado.

7. Que conforme a lo aprobado, es necesario modificar algunos aspectos de los Artículos del Acuerdo 05 de 2009 del Consejo de Facultad.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO  1: El Artículo 1 del Acuerdo CF-05 de 2009, se amplía y quedará así: Definición de pasantía.

La pasantía es una práctica académica de carácter profesional que vincula al estudiante con el medio laboral y complementa la formación disciplinar del pasante al dar la posibilidad de confrontar los conocimientos adquiridos durante sus estudios; consolidar su formación humana y profesional; confrontar sus competencias para el desempeño profesional autónomo; fomentar la cultura ética y el colegaje como una forma activa de respeto, comprensión y tolerancia de las ideas y comportamientos del otro; generar reflexión y compromiso con los problemas arquitectónicos, constructivos, tecnológicos, normativos, urbanos, ambientales y culturales y artísticos.

ARTÍCULO  2: Se adiciona al Artículo 2 del Acuerdo CF-05 de 2009, el inciso tercero y un parágrafo.

Para los pasantes del programa curricular de Artes Plásticas, colaboración en:

- Co-investigación en las áreas relacionadas con las artes plásticas y visuales

- Actividades relacionadas con la museografía y la gestión cultural.

- Actividades propias de las Escuelas de Guías de los Museos.

- Manipulación y tratamiento de la imagen fija y en movimiento como: grabación y edición de proyectos culturales para seminarios, conferencias, cátedras, talleres con artistas, registros en fotografía o video, elaboración de material audiovisual para proyectos de investigación.

- La construcción de prototipos o actividades para las actividades infantiles de los museos.

- Actividades de enseñanza del arte en Instituciones debidamente aprobadas y dirigidas desde entes gubernamentales o instituciones privadas.

- Manejo de tecnologías relacionadas con la producción de imagen y al servicio de la empresa privada.

- Producción y montajes escenográficos.

Parágrafo: Las modalidades de pasantía que no queden contempladas en esta Resolución y que tengan pertinencia académica podrán ser evaluadas por el Comité Asesor para su estudio y posible aprobación por el Consejo de Facultad.

ARTÍCULO  3. Se modifica el numeral 2 del Artículo 3 del Acuerdo CF-05 de 2009, el cual quedará así: Empresas contratantes: ... 2. Estar vinculada al sector de la arquitectura, la construcción, la cultura, el Arte y la planeación urbana o sus ramas afines.

ARTÍCULO  4: El Artículo 10 del Acuerdo CF-05 de 2009 quedará así: Duración e intensidad de la pasantía:

La pasantía tendrá una duración máxima de cuatro (4) meses, contados a partir de la firma del contrato de pasantía entre la Universidad y la entidad contratante, y una intensidad mínima de 40 horas semanales que deben ser certificadas por el contratante de acuerdo con sus normas y reglamentaciones.

ARTÍCULO 5: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los Artículos 1, 2, 3 y 10 del Acuerdo 05 del 2009, del Consejo de Facultad.

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Medellín a los Dieciocho (18) días del mes de enero de 2012

JUAN CARLOS OCHOA BOTERO

Decano

GLORIA PATRICIA SÁNCHEZ ARISTIZÁBAL

Secretaria de Facultad