SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 27/10/2009
- Fecha de entrada en vigencia: 27/10/2009
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SEDE MEDELLÍN
ACUERDO 04 DE 2009
(Acta 19 de octubre 27)
"Por la cual se reglamenta la asignatura Trabajo de Grado para los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Arquitectura"
EL CONSEJO DE FACULTAD DE ARQUITECTURA
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y especialmente las otorgadas en el Capítulo 6, Artículo 35, del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO
1. Que el Artículo 10 del Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario define y establece el objetivo del Trabajo de Grado de los programas curriculares de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
2. Que el Parágrafo del mismo Artículo 10 del Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario señala que de acuerdo con las sugerencias de los Comités Asesores, las Facultades reglamentarán el proceso de calificación y socialización del Trabajo de Grado en algunas de las modalidades contempladas en el mismo Parágrafo.
3. Que mediante la Resolución 242 de 2009 la Vicerrectoría Académica de la Universidad Nacional de Colombia, define los criterios para la reglamentación de la asignatura Trabajo de Grado de los programas curriculares de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
4. Que el Parágrafo 1 del Artículo 10 de la Resolución 242 de 2009 de la Vicerrectoría Académica, dispone que los Consejos de Facultad reglamentarán sobre las características y estructura de los documentos en los que debe quedar consignado las actividades, procesos, resultados, hallazgos, innovaciones o creaciones, y las experiencias, desarrolladas u obtenidas como fruto de los Trabajos de Grado realizados bajo la modalidad de Trabajos Investigativos y Prácticas de Extensión.
5. Que el Artículo 11 de la Resolución 242 de 2009 de la Vicerrectoría Académica señala que los Consejos de Facultad reglamentarán sobre las características de los Trabajos de Grado que se desarrollen bajo la modalidad de Trabajos de Investigación y de las Prácticas de Extensión así como los alcances de estas modalidades.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.
Cada Comité Asesor de los diferentes programas de pregrado de la Facultad, deberá disponer, para su ofrecimiento continuo, de una base de propuestas de temas para desarrollar en la asignatura Trabajo de Grado. Las propuestas pueden provenir de los grupos de investigación, de estudiantes, de docentes o de instituciones públicas o privadas.ARTÍCULO 2. Las modalidades bajo las cuales se podrá desarrollar la asignatura Trabajo de Grado de acuerdo con cada programa curricular serán:
ARQUITECTURA.
+ TRABAJOS INVESTIGATIVOS
- Trabajo monográfico
- Participación en proyectos de investigación
- Proyecto final de anteproyecto arquitectónico
+ PRÁCTICAS DE EXTENSIÓN
- Programas docente-asistenciales
- Pasantías
- Emprendimiento empresarial
- Proyecto social
+OPCIÓN DE GRADO
- Asignaturas de postgrado
ARTES PLÁSTICAS.
+ TRABAJOS INVESTIGATIVOS
- Trabajo monográfico
- Participación en proyectos de investigación
- Proyecto final de obra plástica
+ PRÁCTICAS DE EXTENSIÓN
- Programas docente-asistenciales
- Emprendimiento empresarial
- Proyecto social
+ OPCIÓN DE GRADO
- Asignaturas de postgrado
Adicionado por art. 1, Acuerdo CF-ARQMD 10 de 2012:
+ TRABAJOS INVESTIGATIVOS
- Trabajo monográfico
- Participación en proyectos de investigación
- Proyecto final de obra plástica
- PRÁCTICAS DE EXTENSIÓN
- Programas docente-asistenciales
- Emprendimiento empresarial
- Proyecto social
- Pasantías
+ OPCIÓN DE GRADO
- Asignaturas de postgrado
CONSTRUCCIÓN.
+ TRABAJOS INVESTIGATIVOS
- Trabajo monográfico
- Participación en proyectos de investigación
+ PRÁCTICAS DE EXTENSIÓN
- Programas docente-asistenciales
- Pasantías
- Emprendimiento empresarial
- Proyecto social
+ OPCIÓN DE GRADO
- Asignaturas de postgrado
ARTÍCULO 3. En concordancia con el Artículo 5 de la Resolución 242 de 2009 de la Vicerrectoría Académica de la Universidad Nacional de Colombia, cuando los estudiantes opten por cursar la asignatura Trabajo de Grado deberán diligenciar el formato de preinscripción ante el Comité Asesor del Programa Curricular, durante el período académico inmediatamente anterior al cual se inscribirá la asignatura. Para este efecto la Facultad ha establecido un formato unificado para todos sus programas curriculares de pregrado que se anexa al presente Acuerdo.
ARTÍCULO 4. El Consejo de Facultad expedirá un Acuerdo que reglamentará los Trabajos de Grado que se realicen, bajo la modalidad de prácticas de extensión, con el tipo de pasantía.
Reglamentado por Acuerdo CF-ARQMD 05 de 2009.
ARTÍCULO 5. Los Trabajos de Grado que se desarrollen bajo las modalidades de Trabajos Investigativos o Prácticas de Extensión deberán presentar un Documento Estructurado según el Considerando número 4 del presente Acuerdo, con las siguientes características:
+ ESTRUCTURA
- Introducción y contextualización de la experiencia académica del Trabajo de Grado dentro del Trabajo de Investigación o de la Práctica de Extensión.
- Descripción de las etapas, procesos, actores y cronogramas del Trabajo de Investigación o de la Práctica de Extensión, destacando las fases en las que participó o participaron el estudiante o los estudiantes del Trabajo de Grado.
- Alcances, resultados, hallazgos, innovaciones o creaciones logradas por la experiencia particular del estudiante o de los estudiantes del Trabajo de Grado.
- Créditos de todas las instituciones y personas participantes en el Trabajo de Investigación o en la Práctica de Extensión, y crédito del profesor director del Trabajo de Grado.
- Bibliografía y documentación física o virtual consultada para el desarrollo del Trabajo de Grado.
+ EXTENSIÓN
- La extensión del texto del Documento Estructurado deberá ser menor a 200.000 caracteres sin espacios.
PARÁGRAFO 1. El proyecto final de anteproyecto arquitectónico como tipo de trabajo investigativo para el programa curricular de Arquitectura, deberá contemplar, además de los planos correspondientes y del Documento Estructurado, una memoria descriptiva y explicativa de la propuesta que dé cuenta de los principios teóricos sobre los cuales se basa el planteamiento espacial.
PARÁGRAFO 2. El proyecto final de obra plástica como tipo de trabajo investigativo para el programa curricular de Artes Plásticas, deberá contemplar, además de la obra propiamente y del Documento Estructurado, la obra razonada, una reflexión sobre ella y una contextualización de la misma.
PARÁGRAFO 3. Para el caso de las pasantías, el Informe Final se entenderá como el Documento Estructurado del que habla el presente Artículo.
ARTÍCULO 6. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, especialmente los Acuerdos 02 de 2005 y 04 de 2006 del Consejo de Facultad.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Medellín a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009).
JUAN CARLOS OCHOA BOTERO
Decano
GLORIA PATRICIA SÁNCHEZ ARISTIZÁBAL
Secretaria de Facultad