ACUERDO 124 DE 1989

(Acta 28 del 28 de diciembre)

"Por el cual se efectúa una aclaración al Acuerdo No. 93 del 1° de noviembre de 1989, que establece el Programa de Admisión para Mejores Bachilleres de Municipios Pobres"

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

en ejercicio de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1. Que el Artículo 2° del Acuerdo 93 de 1989 estableció que "los aspirantes a los cupos establecidos para el presente Programa deberán obtener el puntaje mínimo de ingreso ordinario que se establezca para la Universidad, en los respectivos exámenes de admisión.

2. Que el puntaje mínimo de ingreso ordinario puede ser modificado por el Comité de Admisiones a fin de dirimir empates entre varios aspirantes, o por otras consideraciones, a juicio de dicho Comité.

3. Que es conveniente homogeneizar el puntaje mínimo utilizado en este Acuerdo, con el que fue establecido por el Acuerdo 22 de 1986, para admisión de integrantes de comunidades indígenas.

ACUERDA:

ARTÍCULO  ÚNICO. Aclarar que, para efectos del puntaje mínimo al que hace referencia el Artículo del Acuerdo No. 93 de 1989 del Consejo Superior Universitario, se entenderá por tal el más bajo del último admitido ordinario, o sea el puntaje mínimo que obtenga el último aspirante admitido, distinto a los beneficiarios del Acuerdo No. 93 de 1989, en la Carrera que requiera el menor puntaje de admisión en toda la Universidad.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.E., a 28 de diciembre de 1989

ADOLFO POLO SOLANO

Presidente

HÉSPER EDUARDO PÉREZ RIVERA

Secretario