La presente norma hace parte del componente hist¿rico del Sistema de Informaci¿n Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos

La presente norma hace parte del componente histórico del Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos. Por lo anterior, se aclara que no cuenta con el análisis de vigencia respectivo y en consecuencia se desconoce si existen normas posteriores que la hayan modificado, derogado, adicionado o subrogado.

 

ACUERDO 63 DE 1990

Acta 14 del 15 de agosto

"Por el cual se crea el PROGRAMA DE POSTGRADO conducente al título de ESPECIALISTA EN PLANEACIÓN URBANO-REGIONAL adscrito a la Facultad de Arquitectura Seccional Medellín"

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que después de analizar la sustentación del Programa, la disponibilidad de recursos, los conceptos y las recomendaciones del Consejo Académico y del Comité de Programas Curriculares, el Consejo Superior Universitario decidió aprobar la creación del programa de Postgrado en Planeación Urbano-Regional en la modalidad de Especialización, el cual está orientado a la capacitación de profesionales quienes, bajo un enfoque interdisciplinario sean capaces de promover una intervención efectiva y socialmente responsable en los problemas espaciales del país.

Que el Comité de Programas Curriculares de la Universidad rindió concepto favorable ante el Consejo Académico después de someterlo a la evaluación correspondiente.

Que el Consejo Académico recomendó al Consejo Superior Universitario, la creación de Programa de Postgrado conducente al título de Especialista en Planeación Urbano-Regional,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Crear el PROGRAMA ESPECIALIZACIÓN EN PLANEACIÓN URBANO-REGIONAL adscrito a la Facultad de Arquitectura de la Seccional de Medellín.

ARTÍCULO 2. Establecer los siguientes objetivos para el Programa:

1. Capacitar profesionales en el área de planeación urbano-regional con plena conciencia de ésta como práctica social, capaces de comprender y transformar el desarrollo espacial a partir de un enfoque interdisciplinario y una óptica prospectiva, humanística y de conciencia social.

2. Contribuir a la consolidación de la práctica planificadora con base en el acercamiento de teoría y praxis, y el afinamiento de mecanismos y áreas de intervención que responsan a las exigencias urbano-regionales del país.

3. Consolidar las bases de una actividad planificadora, local, teóricamente sólidas, metodológicamente coherentes técnicamente innovadoras y creativas en sus posibles efectos: la transformación del espacio socializado y sus formas de apropiación diferencial.

ARTÍCULO 3. Autorizar al Consejo Académico para aprobar el Plan de Estudios del programa de Posgrado conducente al título de Especialista en Planeación Urbano-Regional.

ARTÍCULO 4. La Universidad Nacional de Colombia otorgará el título de ESPECIALISTA EN PLANEACIÓN URBANO-REGIONAL a quienes cursen y aprueban el Plan de Estudios autorizado por el Consejo Académico y cumplan con todos los requisitos de grado establecidos por la Universidad y la Facultad de Arquitectura, Seccional Medellín.

ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.E., 15 AGO. 1990

El presidente

ALFONSO VALDIVIESO SARMIENTO

El Secretario