SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 14/05/2013
- Fecha de entrada en vigencia: 20/05/2013
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ACUERDO 97 DE 2013
(Acta 07 del 14 de mayo)
"Por el cual se crea el programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil en la Universidad Nacional de Colombia"
EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las que le confiere el numeral 6,artículo 14, del Acuerdo 011 de 2005 del Consejo Superior Universitario - Estatuto General, y el numeral 1, artículo 2, del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional de Colombia tiene entre sus fines asimilar críticamente y crear conocimiento en los campos avanzados de las ciencias, la técnica, la tecnología, el arte y la filosofía.
Que la investigación en ingeniería civil es vital para el desarrollo de la infraestructura del país.
Que mediante Acta 23 del 16 de septiembre de 2011, el Consejo de la Facultad de Minas de la Sede Medellín, avaló la propuesta de creación del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil en la Universidad Nacional de Colombia, y la apertura de su plan de estudios en la Facultad de Minas de la Sede Medellín.
Que mediante Acta 14 del 17 de abril de 2012, el Consejo de la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá, avaló la propuesta de creación del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil en la Universidad Nacional de Colombia, y la apertura de su plan de estudios en la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá.
Que mediante Acta 2 del 12 de marzo de 2013, el Comité Nacional de Programas Curriculares conceptuó positivamente la creación del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil en la Universidad Nacional de Colombia, y la apertura de su plan de estudios en la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá y en la Facultad de Minas de la Sede Medellín.
Que una vez debatida la iniciativa por la Comisión de Área de Ingeniería del Consejo Académico, se recomendó la propuesta de creación del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil y la apertura de su plan de estudios en la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá y en la Facultad de Minas de la Sede Medellín de la Universidad Nacional de Colombia.
Que el Consejo Académico, en sesión 02 del 19 de abril de 2013, decidió avalar la creación del programa curricular de Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil ante el Consejo Superior Universitario.
Que el Consejo Superior Universitario en sesión 07 del 14 de mayo de 2013, aprobó la propuesta de creación del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil en la Universidad Nacional de Colombia.
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Crear en la Universidad Nacional de Colombia el programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil.
ARTÍCULO 2. El objetivo del programa curricular Doctorado en Ingeniería - Ingeniería Civil es el siguiente:
- Formar Doctores en el área de la ingeniería civil, con la capacidad de proponer, dirigir y realizar investigación original y autónoma, que contribuya al avance científico y técnico, y genere desarrollo tecnológico, social y económico de una región o del país.
ARTÍCULO 3. La Universidad Nacional de Colombia otorgará el título de Doctor(a) en Ingeniería a quienes cursen y aprueben el plan de estudio establecido por el Consejo Académico y cumplan con los requisitos de grado definidos en las reglamentaciones vigentes en la Universidad Nacional.
ARTÍCULO 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, a catorce(14) de mayo de dos mil trece (2013)
IGNACIO MANTILLA PRADA
Presidente
CATALINA RAMÍREZ GÓMEZ
Secretaria