La presente norma hace parte del componente histórico del Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos. Por lo anterior, se aclara que no cuenta con el análisis de vigencia respectivo y en consecuencia se desconoce si existen normas posteriores que la hayan modificado, derogado, adicionado o subrogado.

 

ACUERDO 66 DE 1992

(14 de octubre)

Acta 19

"Por el cual se reforma el Artículo 4 de los Acuerdo 93 de 1989 y 30 de 1990"

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO

En ejercicio de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

Que el préstamo beca fue establecido como una modalidad de ayuda para el sostenimiento de los alumnos de bajos recursos que realizan estudios en la Universidad Nacional.

Que se deben adecuar los recursos existentes a las necesidades más sentidas y prioritarias del Bienestar Universitario.

Que se hace necesario modificar el Artículo 4 de los Acuerdos 93 de 1989 y 30 de 1990,

ACUERDA:

 ARTÍCULO 1. El artículo 4 de los Acuerdos 93 de 1989 y 30 de 1990 del Consejo Superior Universitario quedará así:

Los aspirantes admitidos en el desarrollo del presente programa pagarán matrícula mínima y podrán ser beneficiarios del préstamo beca, en el monto que resulte del análisis de su situación socioeconómica. El mantenimiento de este préstamo beca estará sujeto al rendimiento académico, a lo largo de la Carrera de cada estudiante según reglamentación que para el efecto expida la Rectoría de la Universidad.

ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos.

VLADIMIR RINCÓN

PRESIDENTE

PAUL BROMBERG

SECRETARIO