SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 03/07/2014
- Fecha de entrada en vigencia:
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CONCEPTO 02 DE 2014
ASUNTO: |
REINGRESO POR UNA ÚNICA VEZ |
Teniendo en cuenta lo establecido en el Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario, "ARTÍCULO 46. Los Consejos de Facultad podrán autorizar el reingreso a estudiantes de pregrado, por una única vez, sólo a quienes presenten un Promedio Aritmético Ponderado Acumulado superior o igual a 2.7.
Los estudiantes de posgrado
que presenten un Promedio Aritmético Ponderado Acumulado menor que 3.5 no tendrán derecho a reingreso"PARÁGRAFO 1. Cuando la causa de la pérdida de la calidad de estudiante de pregrado haya sido la de no disponer de un cupo suficiente de créditos para la inscripción, el reingreso otorgado le permitirá al estudiante disponer de un cupo adicional de diez (10) créditos a lo sumo.
PARÁGRAFO 2.
Cuando la causa de la pérdida de la calidad de estudiante de posgrado haya sido la de superar el tiempo máximo de permanencia, el reingreso otorgado le permitirá al estudiante disponer de un período académico adicional a lo sumo.PARÁGRAFO 3.Los Consejos de Facultad no podrán otorgar reingreso a quien lo solicite después de tres años consecutivos de haber perdido la calidad de estudiante.
La Vicerrectoría aclara que los Consejos de Facultad solo podrán autorizar un único reingreso por cada admisión a la Universidad siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo anteriormente citado. Por lo tanto cuando un estudiante cursa un plan en doble titulación o cuando cursa un plan por traslado no tiene derecho a un nuevo reingreso si en el plan origen ya le había sido autorizado uno.
Si el ex estudiante se presenta a un nuevo proceso de admisión y adquiere la calidad de estudiante, tendrá derecho a un reingreso en el nuevo programa curricular aun cuando haya tenido reingreso en otro programa por tratarse de una nueva admisión.
Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de julio de 2014.
JUAN MANUEL TEJEIRO SARMIENTO
Vicerrector Académico