SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 10/04/2015
- Fecha de entrada en vigencia: 17/04/2015
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ACUERDO 72 DE 2015
(Acta 7 del 12 de marzo)
"Por el cual se establecen los criterios de admisión al programa curricular de posgrado Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales"
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS
En uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas por la Resolución 241 de 2009 de la Vicerrectoría Académica
CONSIDERANDO QUE
1. El Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario en su artículo 22 y parágrafo, señala el ingreso a los programas curriculares de posgrado.
2. La Vicerrectoría Académica mediante la Resolución No. 241 de 2009, modificada parcialmente a través de la resolución 022 de 2013, reglamenta las admisiones a los programas de posgrado en la Universidad Nacional de Colombia.
3. Mediante la Resolución 227 de 2004 el Consejo de la Facultad de Ciencias Humanas reglamentó normas para la admisión a los programas de Doctorado en la Facultad de Ciencias Humanas.
4. Mediante Acuerdo 22 de 2009 el Consejo Superior Universitario, aprobó la creación del Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales y mediante el Acuerdo 22 de 2009 el Consejo Académico aprobó su apertura.
5. Mediante los Acuerdos 028 de 2012 y 060 de 2014, del Consejo de la Facultad de Ciencias Humanas se establecieron y modificaron respectivamente los criterios de Admisión al programa curricular de posgrado de Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales.
6. El Comité Asesor del Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales, en su sesión del 13 de febrero de 2015, Acta 2, recomendó al Consejo de Facultad la modificación de los criterios para el proceso de admisión al programa de Posgrado, en los términos que aparecen en la parte resolutiva del presente Acuerdo.
7. El Consejo de Facultad en sesión del 12 de marzo de 2015, Acta 7, estudió la propuesta del Comité de Área Curricular y determinó aprobarla -ad referéndum- previo concepto positivo de la Dirección Nacional de Programas de Posgrado.
8. La Dirección Nacional de Programas de Posgrado, mediante comunicación DNPP-081 del 10 de abril de 2015, emitió concepto positivo a la propuesta de reglamentación de los criterios de admisión al Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales.
9. En consecuencia,
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Establecer los siguientes componentes y ponderaciones dentro del proceso de admisión al Programa Curricular de Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales:
COMPONENTES |
PONDERACIONES |
CARÁCTER |
Hoja de vida y trayectoria investigativa |
20% |
-- |
Anteproyecto de Investigación |
20% |
Eliminatorio |
Entrevista |
35% |
- |
Suficiencia en idioma extranjero (inglés) |
5% |
Eliminatorio |
Prueba de competencia (destreza en escritura). |
20% |
- |
TOTAL |
100% |
- |
PARÁGRAFO.
El puntaje mínimo para la admisión al Doctorado es de tres punto cinco (3.5) sobre cinco punto cero (5.0).ARTÍCULO 2. Establecer las siguientes pruebas de selección dentro del proceso de admisión.
a. Hoja de Vida y trayectoria investigativa: Los aspirantes deberán presentar Hoja de Vida actualizada con los respectivos soportes que den cuenta de la información allí consignada o, CVLAC actualizado. Sólo se aceptará CVLAC para ciudadanos colombianos. Sólo se tendrá en cuenta la experiencia con una antigüedad no mayor a 5 años. La calificación de la Hoja de Vida será sobre 20 puntos
b. Anteproyecto de Investigación: Los aspirantes deberán presentar un documento escrito con una extensión máxima de diez (10) páginas, sin incluir bibliografía y anexos. Las propuestas deberán estar relacionadas con las temáticas ofrecidas por los (as) profesores (as) del Doctorado.
Esta prueba será de carácter eliminatorio. La calificación del anteproyecto de investigación será sobre 20 puntos distribuidos así: Primer evaluador 10 puntos; segundo evaluador 10 puntos restantes. El puntaje mínimo para aprobar el anteproyecto será de 13 puntos. Aquellos aspirantes que reprueben esta prueba no serán convocados a entrevista.
c. Suficiencia en idioma extranjero: Los aspirantes deberá acreditar conocimientos en una segunda lengua, la cual, para el Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales será el idioma Inglés. La calificación de esta prueba será sobre 5 puntos.
Esta prueba será de carácter eliminatorio y se regirá, en todas sus partes, conforme lo establece el Acuerdo 039 de 2012 de la Facultad de Ciencias Humanas. El puntaje mínimo para aprobar la prueba será de 3 puntos sobre 5 y se sumará el porcentaje según la nota obtenida. Aquellos aspirantes que reprueben esta prueba no serán convocados a entrevista.
d. Entrevista: Tratará sobre los intereses, las experiencias y las expectativas del aspirante, así como sobre su proyecto de investigación. La entrevista tiene por objeto determinar que el aspirante cuente con garantías que le permitan alcanzar los objetivos del programa. La entrevista la realizará el Comité Asesor del Doctorado y el potencial tutor del aspirante. La calificación de la entrevista será sobre 35 puntos.
e. Prueba de competencia (destreza en escritura): Los aspirantes deberán presentar una prueba de competencias. Ésta se calificará sobre 20 puntos
ARTÍCULO 3. Establecer los siguientes requisitos para formalizar la inscripción al programa Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales:
a. Formalizar su inscripción en los términos y fechas establecidas en la página web de la Dirección Nacional de Admisiones de la Universidad Nacional de Colombia.
b. Título de Maestría en áreas afines (Cualquier disciplina de las Ciencias Humanas y Sociales, educación y comunicación o trayectoria investigativa, en áreas afines a juicio del comité asesor del doctorado.
c. Acreditar trayectoria investigativa durante los últimos 5 años.
d. Presentar Hoja de vida actualizada con los respectivos soportes que den cuenta de la información allí consignada o, CVLAC actualizado. Sólo se aceptará CVLAC para ciudadanos colombianos. Se tendrá en cuenta la experiencia y participación en eventos académicos de no más de 5 años.
e. Presentar dos (2) cartas de recomendación académicas suscritas por investigadores activos.
f. Comunicación suscrita por un profesor vinculado al Doctorado en Ciencias Humanas y Sociales, en la que manifieste su intención de dirigir el proyecto de tesis del aspirante, en caso de ser aceptado al Doctorado.
g. Carta de exposición de motivos donde los aspirantes expresen su interés específico de ingresar al Doctorado, sus fortalezas por las cuales cree que puede ser admitido al programa y responda también a la pregunta acerca de garantizar el tiempo necesario a sus estudios de Doctorado. En caso de estar vinculado a una institución u organización contratante, el aspirante debe acreditar que cuenta con descarga laboral para desarrollar en debida forma las actividades del Doctorado.
ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema Nacional de Información Normativa, Jurisprudencia y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, administrado por la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Acuerdo 70 de 2012 del Consejo Superior Universitario y deroga aquellas disposiciones que le sean contrarias, especialmente los Acuerdos 028 de 2012 y 060 de 2014, del Consejo de Facultad de Ciencias Humanas.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en la ciudad de Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de abril del año dos mil quince (2015).
RICARDO SÁNCHEZ ÁNGEL
Decano
AUGUSTO CARRILLO SABOGAL
Secretario