SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 07/06/2016
- Fecha de entrada en vigencia: 14/06/2016
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ACUERDO 083 DE 2016
(Acta 012 del 02 de junio de 2016)
"Por el cual se actualiza la distribución de los créditos, las asignaturas y las actividades académicas del plan de estudios de profundización del programa curricular de Maestría en Ciencias Matemáticas de la Facultad de Ciencias, de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá"
EL CONSEJO DE FACULTAD DE CIENCIAS
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las contempladas en el Acuerdo 028 de 2012, del Consejo Académico y,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Académico, mediante Acuerdo 131 de 2008 modificó los programas curriculares de Maestría en Ciencias - Matemáticas y de Doctorado Ciencias - Matemáticas en la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá para adaptarlos al Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario.
Que el Consejo de la Facultad de Ciencias mediante Resolución número 759 de 2009, especificó las asignaturas obligatorias del plan de estudios de profundización del programa curricular de Maestría en Ciencias - Matemáticas.
Que el Consejo de la Facultad de Ciencias mediante Acuerdo 031 de 2012, modificó el artículo 2 de la Resolución número 759 de 2009.
Que el Consejo Académico, mediante Acuerdo 110 de 2016, Acta 01 del 12 de febrero, modificó el plan de estudios de profundización de la Maestría en Ciencias - Matemáticas de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.
Que la Dirección de Área Curricular de Matemáticas, en sesión 05 del 12 de abril de 2016, socializó ante el Comité de Directores de Área Curricular de la Facultad de Ciencias la propuesta de Acuerdo donde se actualiza la distribución de los créditos, las asignaturas y las actividades académicas del plan de estudios de profundización del programa curricular de Maestría en Ciencias Matemáticas de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.
Que la Dirección Nacional de Programas de Posgrado, mediante oficio DNPP-150 de fecha 25 de mayo de 2016 presentó observaciones al proyecto de Acuerdo de Consejo de Facultad, que fueron tenidas en cuenta.
Que el Consejo de Facultad en sesión 012, del 02 de junio de 2016, estudió y consideró pertinente la propuesta presentada por el Área Curricular de Matemáticas con recomendación favorable del Comité de Directores de Área Curricular y el aval de la Dirección Nacional de Programas de Posgrado, por lo cual
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Especificar que los cincuenta (50) créditos exigidos del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ciencias ¿ Matemática, en la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá, quedan distribuidos en catorce (14) créditos de actividades académicas, veintiocho (28) créditos de asignaturas obligatorias, y ocho (8) créditos de asignaturas elegibles, de la siguiente manera:
a.Actividades académicas: catorce (14) créditos
Actividad Académica |
Código |
Créditos |
Seminario de profundización |
2019087 |
4 |
Trabajo final de maestría |
2019098 |
10 |
TOTAL |
|
14 |
b.Las asignaturas obligatorias (veintiocho (28) créditos) se distribuyen de la siguiente manera:
Doce (12) créditos correspondientes a las asignaturas que se relacionan a continuación:
Asignaturas obligatorias |
Código |
Créditos |
Estructuras algebraicas |
2019076 |
4 |
Geometría diferencial I |
2019078 |
4 |
Análisis funcional |
2019071 |
4 |
TOTAL |
|
12 |
Dieciséis (16) créditos correspondientes a cuatro (4) asignaturas seleccionadas de la siguiente lista, pudiéndose escoger todos estos en una sola línea de investigación:
Algebra |
Código |
Créditos |
Algebra conmutativa I |
2019065 |
4 |
Algebra conmutativa II |
2019100 |
4 |
Algebra homológica I |
2019066 |
4 |
Álgebra homológica II |
2019101 |
4 |
Algebra universal |
2019067 |
4 |
Geometría algebraica I |
2019077 |
4 |
Geometría algebraica II |
2019107 |
4 |
Retículos |
2019086 |
4 |
Temas de conjuntos ordenados |
2019116 |
4 |
Teoría analítica de números I |
2019089 |
4 |
Teoría algebraica de números |
2025621 |
4 |
Teoría avanzada de matrices |
2019117 |
4 |
Teoría de categorías |
2019119 |
4 |
Teoría de representación |
2025366 |
4 |
Tópicos avanzados de álgebra I |
2024328 |
4 |
Tópicos avanzados de álgebra II |
2024329 |
4 |
Análisis |
|
|
Análisis complejo I |
2019068 |
4 |
Análisis complejo II |
2019102 |
4 |
Dinámica hiperbólica |
2019073 |
4 |
Ecuaciones diferenciales ordinarias |
2019074 |
4 |
Ecuaciones diferenciales parciales I |
2019075 |
4 |
Ecuaciones diferenciales parciales II |
2019104 |
4 |
Polinomios ortogonales |
2023143 |
4 |
Series de Fourier |
2019088 |
4 |
Superficies de Riemann |
2019115 |
4 |
Teoría de bifurcaciones |
2019118 |
4 |
Teoría de la medida |
2019090 |
4 |
Teoría de puntos críticos |
2024327 |
4 |
Teoría espectral |
2019094 |
4 |
Tópicos avanzados de análisis I |
2024330 |
4 |
Tópicos avanzados de análisis II |
2024331 |
4 |
Teoría ergódica |
2019093 |
4 |
Geometría y Topología |
|
|
Geometría Riemanniana |
2019108 |
4 |
Grupos topológicos |
2019079 |
4 |
Tópicos avanzados de topología I |
2024334 |
4 |
Tópicos avanzados de topología II |
2024335 |
4 |
Topología algebraica |
2019095 |
4 |
Topología conjuntista |
2019096 |
4 |
Topología y retículos |
2019097 |
4 |
Variedades diferenciables I |
2019099 |
4 |
Variedades diferenciables II |
2019124 |
4 |
Lógica |
|
|
Lógica intuicionista |
2019109 |
4 |
Lógicas no clásicas |
2019081 |
4 |
Tópicos avanzados de lógica I |
2024332 |
4 |
Tópicos avanzados de lógica II |
2024333 |
4 |
Teoría de modelos I |
2019092 |
4 |
c.Asignaturas elegibles: Los ocho (8) créditos de las asignaturas elegibles se pueden escoger entre las asignaturas de posgrado ofrecidas por la Universidad Nacional que cuenten con calificación numérica, pudiéndose escoger todos estos en una sola línea de investigación.
Parágrafo 1. El seminario de profundización es una actividad académica que tiene como principal objetivo formalizar y presentar la propuesta de Trabajo Final de Maestría, la cual deberá ser evaluada por el profesor a cargo del seminario. La actividad académica trabajo final de Maestría puede ser inscrita una vez aprobado el seminario de profundización.
Parágrafo 2. El trabajo final de maestría será un trabajo escrito presentado por el estudiante bajo la dirección del profesor que evalúo la propuesta de trabajo final en el seminario de profundización. Para su evaluación se considerarán los siguientes aspectos:
1.Una redacción impecable del documento.
2.Una recopilación apropiada de los resultados preliminares que conciernen el tema de estudio.
3.Un tratamiento adecuado de la teoría que concierne al tema.
4.En la redacción el estudiante debe hacer explícito la apropiación de los contenidos que está tratando.
5.No es obligatorio que el documento contenga resultados originales del estudiante.
6.No es obligatorio que hayan surgido publicaciones del trabajo.
ARTÍCULO 2. De la transición. Las asignaturas elegibles de posgrado que no pertenezcan al plan de estudios Maestría en Ciencias Matemáticas y que hayan sido aprobadas por los estudiantes antes de la vigencia de este Acuerdo; serán homologadas, convalidadas o equivalentes por asignaturas de la siguiente lista, teniendo en cuenta para ellos los criterios establecidos en los Artículos 36, 37 y 38 del Acuerdo 008 del 2008 del CSU:
Asignatura |
Código |
Créditos |
Tópicos avanzados de álgebra |
2019123 |
4 |
Tópicos avanzados de álgebra I |
2024328 |
4 |
Tópicos avanzados de álgebra II |
2024329 |
4 |
Tópicos avanzados de análisis I |
2024330 |
4 |
Tópicos avanzados de análisis II |
2024331 |
4 |
Tópicos avanzados de lógica I |
2024332 |
4 |
Tópicos avanzados de lógica II |
2024333 |
4 |
Tópicos avanzados de topología I |
2024334 |
4 |
Tópicos avanzados de topología II |
2024335 |
4 |
Tópicos de teoría de la información |
2025706 |
4 |
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, a los siete (07) días del mes de junio de dos mil dieciséis (2016)
JAIME AGUIRRE CEBALLOS
Presidente
HELBER DE JESÚS BARBOSA BARBOSA
Secretario