SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 10/05/2017
- Fecha de entrada en vigencia: 16/05/2017
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ACUERDO 37 DE 2017
(ACTA 7 - 27 DE ABRIL)
"Por la cual se reglamentan las características específicas del Trabajo de Grado de los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Ingeniería sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia"
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA
En uso de sus facultades legales y, especialmente, las establecidas en el Acuerdo 033 de 2007, del Consejo Superior Universitario y en el Acuerdo 026 de 2012 del Consejo Académico, y
CONSIDERANDO
Que
mediante el Acuerdo 033 de 2007 el Consejo Superior Universitario estableció los lineamientos básicos para el proceso de formación de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia a través de sus programas curriculares, definiendo las múltiples posibilidades de formación y la articulación entre pregrado y posgrado como estrategias de flexibilización.Que mediante el Acuerdo 026 de 2012 el Consejo Académico definió los criterios para la reglamentación de la asignatura Trabajo de Grado de los programas de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
En mérito de lo anterior,
ACUERDA
CAPÍTULO I. OBJETIVO
ARTÍCULO 1. Reglamentar el proceso de inscripción, presentación, calificación y socialización de la asignatura Trabajo de Grado, para los estudiantes de los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Ingeniería de la Sede Bogotá.
CAPÍTULO II. MODALIDADES
ARTÍCULO 2. Para los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Ingeniería, las modalidades aceptadas de Trabajo de Grado son:
1. Trabajos investigativos: Trabajo Monográfico, Proyecto Final, Participación en Proyecto de Investigación.
2. Prácticas de extensión: Emprendimiento Empresarial, Pasantía, Proyecto Social.
3. Opción de grado: Asignaturas de posgrado.
PARÁGRAFO 1. En la modalidad de Participación en Trabajos Investigativos, será aceptada la participación de estudiantes en Proyectos de Investigación o Semilleros de Investigación que hagan parte de una convocatoria de la Universidad o hayan sido aprobados por la Dirección de Investigaciones de la Sede o de la Universidad.
CAPÍTULO III. INSCRIPCIÓN
ARTÍCULO 3. La asignatura Trabajo de Grado podrá ser inscrita cuando cumpla los prerrequisitos estipulados en el Acuerdo del Plan de estudios de cada Programa Curricular.
ARTÍCULO 4. La solicitud de registro de la asignatura Trabajo de Grado se realizará siguiendo lo establecido en el Artículo 8 del Acuerdo 026 de 2012 del Consejo Académico. Los estudiantes deberán formalizar la solicitud de registro de la asignatura Trabajo de Grado ante el Comité Asesor del programa curricular, antes de finalizar la semana catorce del periodo académico anterior al cual aspiren a realizar el Trabajo de Grado para todas las modalidades. La solicitud de registro debe realizarse por medio del Sistema de Información Académica - SIA y presentar ante el Comité Asesor del Programa Curricular, el formato de solicitud de registro y el documento soporte de la inscripción correspondiente a la modalidad, los cuales deben estar firmados por el profesor director y por el estudiante.
PARÁGRAFO 1. En caso de presentar la solicitud de registro después de la semana catorce del periodo académico anterior al cual aspire a realizar el Trabajo de Grado, o que los soportes presentados ante el Comité Asesor del Programa Curricular no cumplan con los requisitos establecidos, no se aprobará la inscripción del Trabajo de Grado y el estudiante deberá reiniciar el proceso para el siguiente periodo académico.
CAPÍTULO IV. SOPORTES DE INSCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA
ARTÍCULO 5. Trabajo Investigativo. El documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Trabajos investigativos deberá contener como mínimo los siguientes componentes:
- Título y modalidad
- Nombre del estudiante y del director
- ntroducción y justificación
- Objetivos (general y específicos)
- Antecedentes
- Metodología
- Recursos
- Cronograma de actividades
- Presupuesto y fuentes de financiación
- Criterios de evaluación
- Resultados esperados
- Bibliografía
- Firmas del estudiante y del director
ARTÍCULO 6. Prácticas de Extensión. El documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión deberá contener como mínimo los siguientes componentes:
ÍTEM |
EMPRENDIMIENTO EMPRESARIAL |
PASANTÍA |
PROYECTO SOCIAL |
Título y modalidad |
X |
X |
X |
Nombres del estudiante y del director |
X |
X |
X |
Introducción y justificación |
X |
X |
X |
Objetivos (General y específicos) |
X |
X |
X |
Aplicación y/o aporte específicos de la ingeniería |
X |
X |
X |
Resultados esperados |
X |
- |
X |
Nombre de la organización |
- |
X |
X |
Responsable de la organización |
- |
X |
X |
Duración de la vinculación |
- |
X |
X |
Estado de la contratación / carta de intención |
- |
X |
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Cronograma |
X |
X |
X |
Metodología |
X |
- |
X |
Criterios de evaluación |
X |
X |
X |
Firmas del estudiante y del director |
X |
X |
X |
Emprendimiento Empresarial:
el documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión - Emprendimiento Empresarial deberá justificar cómo el estudiante aplicará los conocimientos, habilidades y competencias de ingeniería adquiridos durante su proceso de formación en la elaboración de un plan de negocio a partir de la generación de una idea innovadora relacionada con un desarrollo tecnológico y cómo realizará las gestiones necesarias para su implementación, bien sea a través de la creación de una unidad empresarial o a través de su transferencia a la industria o la sociedad.Proyecto social: el documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión - Proyecto Social deberá justificar cómo el estudiante aplicará los conocimientos, habilidades y competencias de ingeniería adquiridos durante su proceso de formación a la solución de una necesidad humana surgida al interior de la población beneficiada y cómo impactará la solución propuesta a dicha población.
Pasantía: el documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión - Pasantía deberá justificar cómo el estudiante aplicará los conocimientos, habilidades y competencias de ingeniería adquiridos durante su proceso de formación en el desarrollo de actividades al interior de la empresa u organización.
PARÁGRAFO 1. Si alguno(s) de los componentes del documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión mencionados en el ARTÍCULO 6 no está disponible en el momento de la solicitud de la inscripción, es decir antes de finalizar la semana catorce del periodo académico anterior al cual el estudiante aspire a realizar el Trabajo de Grado, se deberá explicar el motivo por el cual no está(n) disponible(s) y anexar los componentes faltantes junto con una solicitud de formalización de la inscripción del trabajo de grado presentada al Comité Asesor del Programa Curricular, antes de la semana ocho del semestre académico en que va a cursar la asignatura Trabajo de Grado en la modalidad Prácticas de Extensión.
PARÁGRAFO 2. Para establecer un convenio entre la Universidad Nacional de Colombia y alguna organización para el desarrollo de la modalidad Práctica de Extensión - Pasantía, el estudiante debe realizar la gestión del mismo ante la Oficina de Prácticas y Pasantías de la Facultad de Ingeniería. No se aceptarán Contratos de Aprendizaje, en concordancia con el Artículo 7 del Decreto 933 de 2003 del Ministerio de Protección Social.
PARÁGRAFO 3. El estudiante deberá presentar ante el Comité Asesor del Programa Curricular, el documento del convenio vigente o la carta de intención o el acuerdo de voluntades, entre la Universidad Nacional de Colombia y la organización con la que se desarrollará la Práctica de Extensión junto con el contrato y el soporte de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales antes del primer día de inicio de labores.
PARÁGRAFO 4. El estudiante que desarrolle un trabajo de grado en la modalidad Práctica de Extensión - Pasantía, deberá enviar mensualmente al correo electrónico de contacto de la Oficina de Prácticas y Pasantías de la Facultad de Ingeniería, copia del comprobante del estado de afiliación a su nombre y pago de la Aseguradora de Riesgos Laborales.
PARÁGRAFO 5. En el caso de la modalidad Prácticas de Extensión -Proyecto Social con una organización que justifique que no pueda afiliar al estudiante al Sistema General de Riesgos Laborales, la afiliación podrá asumirla la Facultad de Ingeniería, sujeto a la disponibilidad de recursos para ello.
PARÁGRAFO 6. La duración mínima de vinculación de la Práctica de Extensión - Pasantía será de dieciséis semanas, en caso contrario no se aprobará el desarrollo del Trabajo de Grado.
PARÁGRAFO 7. La duración mínima de vinculación de la Práctica de Extensión - Proyecto Social será de dieciséis semanas, en caso contrario no se aprobará el desarrollo del Trabajo de Grado.
PARÁGRAFO 8. En caso de desarrollar la Práctica de Extensión - Pasantía con una organización en el exterior, dicha actividad deberá estar avalada y vigilada por una institución educativa en el exterior y formar parte de las actividades desarrolladas dentro de un convenio de movilidad. En caso de desarrollarse sin el aval y vigilancia de una institución educativa en el exterior con la cual exista un convenio vigente con la Universidad Nacional de Colombia, la organización o institución extranjera deberá suscribirlo.
ARTÍCULO 7. Asignaturas de Posgrado. El documento soporte de la inscripción del Trabajo de Grado en la modalidad Asignaturas de Posgrado deberá contener como mínimo los siguientes componentes:
- Modalidad
- Nombre del estudiante
- Asignaturas que aspira inscribir
- Programa curricular del cual hace parte cada asignatura
- Firma el estudiante
PARÁGRAFO 1. El estudiante deberá entregar, junto con el documento soporte de inscripción del Trabajo de Grado- Asignaturas de Posgrado, una carta de aval emitida por el Coordinador del Programa Curricular del Posgrado en el cual el estudiante aspire a inscribir asignaturas, donde se especifique que sí se ofertarán cupos en esas asignaturas en el periodo académico siguiente para estudiantes de pregrado que deseen cursarlas como parte del Trabajo de Grado en la modalidad Asignaturas de Posgrado.
PARÁGRAFO 2. Las asignaturas cursadas por los estudiantes en la Modalidad de Trabajo de Grado - Asignaturas de Posgrado, deberán ser ofrecidas por un programa curricular de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.
CAPITULO V. DIRECTOR
ARTÍCULO 8. Todo Trabajo de Grado en las modalidades Trabajos Investigativos y Prácticas de Extensión tendrá un director, quien deberá ser un docente de la Universidad Nacional de Colombia en ejercicio, aceptado y formalizado por el Comité Asesor del correspondiente programa curricular y cuyas funciones específicas son:
a. Avalar la propuesta elaborada por el estudiante y consignada en el documento soporte de la inscripción de la asignatura.
b. Realizar una agenda, concertada con el estudiante del seguimiento de las actividades así como de las evaluaciones.
b. Realizar el seguimiento del trabajo del estudiante, las evaluaciones y la calificación final.
d. Evaluar el informe escrito final, en aquellas modalidades en las que éste se exige.
e. Reportar la calificación final al Sistema de Información Académica, dentro de los plazos establecidos en el calendario académico de la Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia.
f. Proponer y solicitar ante el Comité Asesor del Programa Curricular la socialización de resultados sobresalientes o su postulación ante concursos de mejores trabajos de grado, si lo considera pertinente.
PARÁGRAFO. En caso de ausencia temporal o permanente del director, el Comité Asesor de Programa Curricular designara un nuevo director.
CAPITULO VI. SOCIALIZACIÓN
ARTÍCULO 9. Las actividades, procesos, resultados, hallazgos, innovaciones o creaciones y las experiencias, desarrolladas u obtenidas como fruto de las modalidades Trabajos Investigativos y Prácticas de Extensión de la asignatura Trabajo de Grado, deberán quedar consignados en un documento escrito que será entregado al director por el estudiante, antes de la finalización de la semana quince del periodo académico en el cual tiene inscrita la asignatura Trabajo de Grado y dicho documento deberá contener como mínimo:
- Título, nombres del estudiante y del director, objetivos, metodología, resultados alcanzados, análisis de resultados, trabajo futuro y conclusiones.
PARÁGRAFO 1. Todos los productos finales de las modalidades Trabajos Investigativos y Prácticas de Extensión de la asignatura Trabajo de Grado, estarán cobijados por el Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico, que establece el Reglamento de Propiedad Intelectual de la Universidad Nacional de Colombia.
PARÁGRAFO 2. Si el director considera pertinente una presentación pública del trabajo de grado, él la solicitará formalmente ante el Comité Asesor del Programa Curricular antes de la finalización de la semana doce del periodo académico en que el estudiante esté cursando la asignatura Trabajo de Grado y dicha presentación deberá realizarse en las semanas quince o dieciséis del periodo académico correspondiente.
ARTÍCULO 10. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema Nacional de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia administrado por la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo 070 de 2012 del Consejo Superior Universitario, y deroga aquellos que le sean contrarios.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., 10 del mes de mayo de 2017
JOSÉ ISMAEL PEÑA REYES
Presidente
LUIS FRANCISCO BOADA ESLAVA
Secretario