SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 24/04/2017
- Fecha de entrada en vigencia: 13/06/2017
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SEDE MEDELLÍN
ACUERDO 040 DE 2017
(Acta No 07 del 24 de abril)
Por el cual se reglamenta el proceso de admisión regular a los Programas Curriculares de la Especialización en Interventoría de Proyectos y Obras y la Especialización en Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención de la Facultad de Arquitectura de la Sede Medellín de la Universidad Nacional de Colombia.
EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por la Resolución 035 de 2014 de la Vicerrectoría Académica.
CONSIDERANDO:
1. Que mediante el Artículo 22 del Acuerdo 033 de 2007, el Consejo Superior Universitario prescribe que la Vicerrectoría Académica es la autoridad competente para establecer la reglamentación general que deberán cumplir los aspirantes para su admisión a programas curriculares de posgrado
2. Que mediante la Resolución 035 de 2014 la Vicerrectoría Académica de la Universidad Nacional de Colombia, en ejercicio de la delegación conferida por el Consejo Superior Universitario, reglamentó la admisión a los programas de posgrado
3. Que en el Artículo 3 de la Resolución 035 de 2014 se autoriza al Consejo de Facultad, previa recomendación de los comités asesores de los programas curriculares de posgrado, para expedir la reglamentación del proceso de admisión de todos los programas curriculares de posgrado a su cargo.
4. Que el Acuerdo 031 de 2016 del Consejo de Facultad de Arquitectura Por el cual se reglamenta el proceso de admisión de los Programas Curriculares de Posgrado de la Facultad de Arquitectura, Sede Medellín, contempla como requisito de admisión para los programas de Especialización en Interventoría de Proyectos y Obras y la Especialización en Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención, la Entrevista otorgándole un porcentaje de 30% y 35% respectivamente
5. Que el Comité asesor de Posgrados del Área Curricular de Construcción y Hábitat en sesión del 27 de febrero de 2017, recomienda eliminar el componente de entrevista del examen de admisión para los programas de Especialización en Interventoría de Proyectos y Obras y la Especialización en Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención, teniendo en cuenta que la realización de la misma dificulta y hace más lento el proceso de admisión, debido al alto número de aspirantes. En su reemplazo recomienda realizar una prueba de aptitudes, con la cual se establecerá un nivel de evaluación suficiente para hacer la selección de aspirantes.
6. Que Se hace necesario derogar los componentes de examen de admisión para lo referente a los programas de Especialización en Interventoría de Proyectos y Obras y Especialización en Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención.
En consideración a lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. OBJETO. El Acuerdo determina los requisitos generales y criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias, para los procesos de admisión a los Programas Curriculares de la Especialización en Interventoría de Proyectos y Obras y la Especialización en Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención de la Facultad de Arquitectura de la Sede Medellín.
ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente Acuerdo se aplicará a los procesos de admisión regular de la Universidad Nacional de Colombia, a partir del segundo semestre de 2017.
ARTÍCULO 3. REQUISITOS GENERALES. Establecer los siguientes requisitos generales para ser admitido:
1. Los programas curriculares relacionados en el presente Acuerdo no exigen la acreditación de conocimientos de idioma extranjero como requisito de admisión.
ARTÍCULO 4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Establecer los siguientes criterios de evaluación, con sus correspondientes ponderaciones y notas aprobatorias.
Componente |
Ponderación |
Eliminatorio |
Nota Aprobatoria |
APTITUDES |
50 % |
No |
|
HOJA DE VIDA |
50 % |
No |
|
Total |
100 % |
|
ARTÍCULO 5. PUNTAJE MÍNIMO DE ADMISIÓN.
Establecer el siguiente puntaje mínimo de admisión 3.5/5.0.El puntaje mínimo de admisión será 70 sobre 100, es decir, de 3.5
ARTÍCULO 6. CUPOS Los cupos y los criterios para convocar a pruebas finales son los consignados en los Formatos de Oferta y Criterios de Admisión, que hacen parte integral del presente Acuerdo y que se remiten debidamente diligenciados cada vez que se ofrece el programa.
ARTÍCULO 7. El presente acuerdo deroga los componentes del examen de admisión para lo referente a las Especializaciones en Interventoría de Proyectos y Obras y Patología de la Edificación y Técnicas de Intervención y Prevención.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación, en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, a cargo de la Secretaría General
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Edgar Arroyo Castro
Decano
Catalina Ceballos Paris
SecretariO