CIRCULAR 01 DE 2017

PARA: Comités de Matrícula de Sede, Directores de Bienestar de Sede, Directores de Bienestar de Facultad, Jefes de Registro y Matrícula.

ASUNTO: Criterios orientadores para determinar la condición de jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen de los aspirantes admitidos y estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia.

DE: Comité Nacional de Matrícula

FECHA DE EXPEDICIÓN: 15 de noviembre de 2017

Teniendo en cuenta lo señalado en el literal c) del Parágrafo del Artículo 1º de la Resolución 2146 de 1993 de Rectoría, que establece que una de las situaciones en las que se puede encontrar el aspirante admitido es la de ser "jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen" y, considerando que se presentan admitidos y estudiantes que solicitan que para su clasificación socioeconómica se tenga en cuenta esta condición de independencia de su familia de origen, el Comité Nacional de Matricula considera necesario establecer criterios orientadores, así:

1. Criterios orientadores para determinar la condición de jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen.

La condición de jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen, la podrán demostrar los aspirantes admitidos y estudiantes considerando los siguientes criterios:

a) La Universidad presume que esta condición se refiere a estudiantes que han constituido uno nuevo núcleo familiar, compuesto por ellos mismos, con su pareja como cónyuge o compañero(a) permanente y/o con sus hijos.

b) Los ingresos mensuales del núcleo familiar provienen del aspirante admitido o estudiante y/o su cónyuge o compañero(a) permanente.

c) Poseer vivienda propia o ser arrendatario. Cabe anotar, que debe residir en domicilio distinto al de sus padres o al de parientes o benefactores, salvo que estos estén a su cargo.

d) Estar vinculado al Sistema General de Seguridad Social en Salud: En el régimen contributivo como afiliado cotizante o beneficiario de su cónyuge o compañero(a) permanente o en el régimen subsidiado como cabeza de familia.

2. Documentación sugerida para certificar la condición de jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen.

Los aspirantes admitidos y estudiantes que soliciten ser considerados como jefe de hogar o integrante de un núcleo familiar independiente de su familia de origen, para la clasificación socioeconómica que hace la Universidad, podrán certificar su condición con los documentos señalados a continuación:

a) Certificación de Ingresos del aspirante admitido/estudiante y/o su cónyuge o compañero(a) permanente, conforme lo señala la Nota de la Circular 001 de 2015 del Comité Nacional de Matrícula.

Nota: Se aclara que en el caso de presentar Formatos de No declarante, el ingreso se calculará conforme se establece en el literal d) del Artículo 1º de la Resolución 240 de 1998 de Rectoría: "En caso de que el estudiante presente certificado(s) de no declarante(s), se tomará como ingresos mínimos mensuales presuntivos del grupo familiar un valor equivalente a por lo menos cuatro (4) veces la pensión del colegio, estimada en múltiplos de salarios mínimos".

b) Certificación laboral del aspirante admitido/estudiante y/o su cónyuge o compañero(a) permanente, con vigencia no mayor a treinta (30) días, en donde conste ingresos, antigüedad y actividad. Adicionalmente presentar una relación de ingresos y gastos mensuales en que incurre para el sostenimiento.

c) Certificado de tradición y libertad expedido por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a su nombre.

d) Certificado de Catastro y/o Certificado del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, donde se constate propiedad de vivienda.

e) Copia contrato de arrendamiento.

f) Último recibo facturado de mínimo dos (2) servicios públicos domiciliarios de la residencia en que habita, en donde se especifique el estrato de la vivienda. En el caso de que la vivienda no esté estratificada, puede enviar una constancia emitida por la autoridad competente del lugar de residencia certificando esta condición.

g) Certificación del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que evidencie el tipo de afiliación. En el caso de estar afiliado al régimen contributivo, la afiliación debe tener una antigüedad mínima de tres (3) meses.

Nota: La afiliación como beneficiario del cónyuge o compañero(a) permanente, se contemplará siempre y cuando se certifiquen los ingresos de este último.

Estos documentos son de orden enunciativo, por lo que el estudiante puede allegar cualquiera otro que considere pertinente para demostrar su situación particular, por lo que serán valorados por las reglas de la sana crítica y en conjunto.

La documentación deberá presentarse a la instancia de la Universidad responsable de su revisión, qué para el efecto, podrá solicitar las verificaciones adicionales que considere pertinentes, de acuerdo a la competencia otorgada por el artículo 13 de la Resolución RG11 de 2011 de Rectoría.

Esta Circular deroga la Circular 02 de 2013 del Comité Nacional de Matrícula.

JUAN MANUEL TEJEIRO SARMIENTO

Presidente

MARTHA LUCIA ALZATE POSADA

Secretaria