RESOLUCIÓN 1459 DE 2017

28 DE DICIEMBRE

"Por la cual se define la Política del Sistema Nacional de Laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia"

LA RECTORA (E) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

En uso de las facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO

QUE en los laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia se llevan a cabo actividades relacionadas con sus fines misionales de docencia, investigación y extensión e innovación y que es necesario establecer una política que permita asegurar la calidad de los servicios que allí se prestan.

QUE todas las actividades relacionadas con la creación, gestión, funcionamiento y cierre de los laboratorios de la Universidad, deben ser resultado del trabajo planificado, correlacionado con los fines misionales de la institución y su normativa, así como con la normativa externa que les aplique.

QUE las actividades desarrolladas en los laboratorios deben planificarse de tal manera que se minimicen las contingencias y eventualidades que pudieran poner en riesgo la salud de sus usuarios, el medio ambiente y la calidad del trabajo que allí se desarrolle.

QUE los bienes de la institución se deben mantener y preservar, procurando optimizar los recursos para bien de la comunidad académica.

QUE de conformidad con el Acuerdo 113 del 2013 del CSU, modificado mediante el Acuerdo CSU 168 de 2014, y la Resolución 1221 de 2014 de la Rectoría, es función de la Vicerrectoría de investigación "Orientar y coordinar la ejecución de las políticas de su competencia en los diferentes niveles de la Universidad".

QUE de conformidad con el numeral 18 del artículo 16 del Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior Universitario, es función del Rector de la Universidad Nacional de Colombia, expedir las reglamentaciones y los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de la misión de la Universidad, y que no sean competencia de otra autoridad universitaria.

QUE de conformidad con la Resolución 1221 de 2014 de Rectoría, es función del Comité Nacional de Laboratorios colaborar en los procesos de formulación de políticas de administración de los laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia, la definición de la reglamentación necesaria y la evaluación de las actividades del Sistema Nacional de Laboratorios.

QUE el Comité Nacional de Laboratorios, en sesión del 14 de agosto de 2017, recomendó al señor Rector la expedición de la presente política del Sistema Nacional de Laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia.

 

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Objeto. Adoptar la política del Sistema Nacional de Laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia (SNL).

ARTÍCULO 2. Fines Misionales del Sistema Nacional de Laboratorios.

La Universidad Nacional de Colombia enmarca y orienta la política del Sistema Nacional de Laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia (SNL) en los conceptos relativos a sus fines misionales que se listan a continuación:

1. La responsabilidad de formar profesionales con destacadas competencias laborales, desempeño ético responsable y compromiso social, y la misión de asesorar gobernantes, empresarios y ciudadanos, en aspectos científicos, tecnológicos, culturales y artísticos, con autonomía académica e investigativa.

2. La política de calidad institucional y la caracterización de los laboratorios como componente indispensable en la cadena de formación integral de los estudiantes y en la articulación con los sectores gubernamental, productivo y social, así como con otras comunidades académicas y científicas.

3. El reconocimiento de las dinámicas actuales de los laboratorios de la universidad, que transcienden la idea de la formación y los convierten en espacios de investigación, innovación, desarrollo tecnológico y emprendimiento.

4. La importancia del papel de la universidad en la competitividad del país y en su inserción en una economía globalizada, determinada por la innovación, lo cual demanda un sistema de laboratorios calificados, buscando la acreditación, la certificación y/o la habilitación de los mismos.

5. El concepto contemporáneo de sustentabilidad aplicado al uso, la gestión y la productividad de los laboratorios, que conduce a un modelo de desarrollo ambientalmente amigable, socialmente responsable y económicamente sostenible.

6. La certeza de que el desarrollo de la actividad científica, tecnológica y artística demanda patrones y métodos de medida cada vez más precisos, en un amplio y creciente rango de medidas y magnitudes.

ARTÍCULO 3. Objetivos de la Política del Sistema Nacional de Laboratorios de la Universidad Nacional de Colombia.

1. Impulsar la operatividad y sostenibilidad de los laboratorios, componente indispensable en la cadena de formación integral de los estudiantes y en la articulación con los sectores gubernamental, productivo y social, así como con otras comunidades académicas y científicas.

2. Propender por la creación planificada de los laboratorios y su eficiente capacidad de gestión y operación, buscando la satisfacción de las necesidades de los usuarios y demás partes interesadas, bajo la normatividad que le aplica.

3. Armonizar los laboratorios de la Universidad con las tendencias de formación actuales, dotándoles de tecnologías contemporáneas y propendiendo por un sistema global armonizado, la implementación del sistema de gestión integral de la universidad y demás normas que les apliquen.

4. Impulsar la conformación de redes de laboratorios, para el aprovechamiento de los recursos físicos, económicos y humanos existentes, el uso compartido de equipos, la optimización de espacios y el desarrollo de actividades inter y transdisciplinarias.

5. Establecer las líneas estratégicas y de acción de los laboratorios, en concordancia con el contexto y el Plan Global de Desarrollo, procurando la distribución de los recursos de inversión, según las prioridades de las Sedes de la Universidad.

6. Propiciar la centralización de la información de los laboratorios a través de un sistema de Información, dispuesto en línea para la comunidad interna y externa.

7. Procurar la mejora continua del Sistema Nacional de Laboratorios apoyando, entre otras, la reposición de equipos, la adquisición de tecnología de punta, el mantenimiento y el aseguramiento metrológico; así como la acreditación de ensayos, para que los laboratorios de la universidad sean reconocidos a nivel nacional e internacional, por su calidad y competitividad.

ARTÍCULO 4. Ejes estratégicos y Líneas de Acción.

1. Estrategia de Gestión administrativa y operativa en los laboratorios de la Universidad: P

romover acciones en los laboratorios para el desarrollo, bajo estándares de calidad, de prácticas de formación y actividades de investigación, creación, innovación, desarrollo tecnológico y prototipado, en las siguientes líneas:

1.1 Sistema integrado de gestión en los laboratorios de la Universidad, siguiendo la normativa institucional.

1.1.1 Implementar y revisar periódicamente, políticas, programas, planes, proyectos, reglamentos, directrices, lineamientos y procedimientos que faciliten la gestión táctica y operativa en los laboratorios, su evaluación y seguimiento y, la mejora continua.

1.1.2 Diseñar e implementar mecanismos que permitan articular los diferentes actores del SNL.

1.2 Sistemas de información de los laboratorios.

1.2.1 Promover el uso de herramientas basadas en las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), que faciliten el seguimiento permanente, la evaluación y la divulgación de las actividades desarrolladas en los laboratorios, y con ello, coadyuven a mejorar la gestión orientada a los usuarios.

1.3 Buenas prácticas profesionales en los laboratorios.

1.3.1 Propiciar el correcto funcionamiento de los laboratorios, participando y contribuyendo en la implementación de prácticas de trabajo seguro, a fin de minimizar los riesgos de laboratorio, en usuarios y el medio ambiente.

1.3.2 Promover el cumplimiento de las normas y los requisitos relacionados con la gestión administrativa y operativa de los laboratorios.

2. Estrategias que facilitan un ambiente de trabajo apropiado, respaldan las actividades desarrolladas y garantizan la calidad de los productos generados en los laboratorios.

Implementar acciones encaminadas al reconocimiento global de las actividades académicas, investigativas y de extensión y, a la satisfacción de los usuarios, a través de las siguientes líneas:

2.1 Sostenimiento y mejoramiento de la infraestructura física.

2.1.1 Gestionar ante las instancias competentes planes de acción en procura del sostenimiento y cuando se requiera, el mejoramiento de la infraestructura física de los laboratorios, para el desarrollo de actividades propias del laboratorio y/o la prestación de servicios, bajo condiciones apropiadas y respetando la normatividad que les aplique.

2.2 Adquisición y reposición de equipos laboratorio.

2.2.1 Establecer y gestionar ante las instancias pertinentes, planes y programas que apoyen la transformación tecnológica en los laboratorios, a fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes, bajo dinámicas contemporáneas, la investigación y la interacción con los usuarios externos.

2.2.2 Elaborar directrices técnicas para que las inversiones en dotación de equipos se realicen bajo altos estándares de calidad y se planifiquen los gastos de instalación y funcionamiento de los equipos.

2.2.3 Generar mecanismos que faciliten la adquisición de equipos robustos de punta, de mayor cuantía, promoviendo el uso compartido de los mismos y evitando su duplicidad en la institución.

2.2.4 Propiciar mecanismos que faciliten el uso común de los medios tecnológicos existentes en los laboratorios.

2.3 Gestión de mantenimiento y metrológica de equipos de laboratorios.

2.3.1 Promover la elaboración e implementación de programas de mantenimiento, calibración y verificación de equipos, con actividades de evaluación y seguimiento, y procurar que, en los diferentes niveles, nacional, sede, facultad o instituto, departamento o escuela del SNL se dispongan recursos para estos fines.

2.3.2 Propender por la calibración de instrumentos de medida, el establecimiento de cadenas de trazabilidad y los acuerdos de mutuo reconocimiento.

2.3.3 Fomentar la creación de laboratorios de metrología, de acuerdo con los principales requerimientos internos y las necesidades de país en el área.

2.3.4 Aunar esfuerzos con otras instituciones para promover actividades conjuntas que facilite el fortalecimiento mutuo en gestión metrológica.

2.4 Acreditación de ensayos de laboratorio.

Promover la acreditación de ensayos en todos los laboratorios de la Universidad.

2.5 Gestión de recursos externos.

2.5.1 Estimular la oferta de servicios que son demandados por la comunidad.

2.5.2 Proyectar la actualización periódica del sistema de costos, procurando el establecimiento de tarifas acordes y competitivas, basadas en un estudio de mercado y en el sistema de costos que para tal fin tiene la universidad.

2.5.3 Promover la formulación de proyectos encaminados a fortalecer los laboratorios a través de recursos de convocatorias, redes, convenios y alianzas estratégicas.

2.6 Certificación, habilitación y/o registro de laboratorios.

Promover la certificación, habilitación y/o registro de los laboratorios de la Universidad.

ARTÍCULO 5. Responsables del desarrollo e implementación de la política.

Para el desarrollo e implementación de la política, el SNL se apoyará en el Comité Nacional de Laboratorios, los líderes del proceso de laboratorios en cada nivel (nacional, sede, facultad o instituto, departamento o escuela) y los directores de laboratorio o quien haga sus veces y el personal de apoyo de los mismos.

 a. La Dirección Nacional de Investigacion y Laboratorios, así como las Direcciones de sede, harán seguimiento a la implementación y cumplimiento de la política.

b. La Vicerrectoría de Investigacion, a través de la Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios, las Vicerrectorias de Sede y las Facultades serán reponsables de gestionar los recursos de inversión para la implementación de la política.

c. La voceria institucional en torno a la divulgación externa de las políticas del Sistema Nacional de Laboratorios, estará en cabeza de los líderes de proceso en los niveles, nacional y sede.

ARTÍCULO 6. Esta resolución rige a partir de su publicación en el Sistema Normativo, Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los 28 de diciembre de 2017

CATALINA RAMÍREZ GÓMEZ

Rectora (E)