SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 21/02/2018
- Fecha de entrada en vigencia: 26/02/2018
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RESOLUCIÓN 216 DE 2018
(21 DE FEBRERO)
"Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 240 de 1998 de Rectoría, en el artículo 3, literal c), respecto de las fechas de recepción de solicitudes de reubicación socioeconómica para estudiantes de pregrado, y se deroga la Resolución 1589 de 2012 de Rectoría"
EL RECTOR
En uso de sus facultades legales y estatutarias concedidas en el artículo 6 literal c) del Acuerdo 100 de 1993 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO
QUE
el Comité Nacional de Matrícula analizó las fechas establecidas para la formalización de la solicitud de reubicación socioeconómica y determinó que es insuficiente el tiempo que los Directores de Bienestar Universitario de Facultad y los Comités de Matrículas de Sede tienen para realizar el análisis y verificación de las solicitudes, teniendo en cuenta que la mayoría de las solicitudes son radicadas por los estudiantes en la última semana.QUE el Comité Nacional de Matrícula en su sesión del 13 de febrero de 2018, Acta 01, revisó y avaló el proyecto de Resolución por el cual se modifica el literal c) del artículo 3º de la Resolución 240 de 1998 de la Rectoría y se deroga la Resolución 1589 de 2012 de Rectoría.
QUE es necesario y conveniente modificar el literal c) del artículo 3º de la Resolución 240 de 1998 de la Rectoría.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Modificar el literal c) del artículo 3º de la Resolución 240 de 1998 de Rectoría, quedando de la siguiente manera:
c. Todo estudiante que en razón de haberse producido cambios significativos en la situación familiar y que aspire a una reubicación de su clasificación socioeconómica para el periodo académico semestral siguiente, deberá formalizar su solicitud hasta el último día hábil de la octava semana del periodo académico, ante la Dirección de Bienestar Universitario de Facultad o la dependencia que haga sus veces en cualquiera de las sedes.
ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Concepto - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, y deroga la Resolución 1589 de 2012 de Rectoría.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 21 de febrero de 2018
IGNACIO MANTILLA PRADA
Rector