ACUERDO 060 DE 2018
(Acta 8, 17 de mayo)

 "Por el cual se especifican las asignaturas obligatorias, las actividades académicas y las modalidades del Trabajo Final del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería - Ingeniería Mecánica de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá, y deroga la Resolución 173 de 2009 del Consejo de Facultad de Ingeniería"

EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA

En uso de sus facultades legales y, especialmente, la otorgada por el Acuerdo 28 de 2012 del Consejo Académico, y

CONSIDERANDO

Que el Consejo Superior Universitario en sesión del 26 de noviembre aprobó el Acuerdo 033 de 2007 "por el cual se establecen los lineamientos básicos para el proceso de formación de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia a través de sus programas curriculares".

 

Que el programa curricular de postgrado Maestría en Ingeniería Mecánica fue creado mediante Acuerdo 017 de 2006 del Consejo Superior Universitario y su plan de estudios fue aprobado mediante Acuerdo 011 de 2006 del Consejo Académico.

 

Que el programa curricular de Maestría en Ingeniería Mecánica fue modificado mediante Acuerdo 262 de 2008 del Consejo Académico y allí se estableció su plan de estudios de profundización.

 

Que el plan de estudios de profundización del programa Maestría en Ingeniería - Ingeniería Mecánica fue modificado por los Acuerdo 060 de 2009 y 073 de 2009 del Consejo Académico.

 

Que es necesario actualizar códigos y requisitos de asignaturas y actividades académicas del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería ¿ Ingeniería Mecánica en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia establecidos en la Resolución 173 de 2009 del Consejo de Facultad de Ingeniería.

 

Que el Consejo de la Facultad de Ingeniería en sesión del 8 de junio aprobó el Acuerdo 040 de 2017 "Por el cual se reglamentan procesos académicos de los programas de posgrado de la Facultad de Ingeniería Sede Bogotá de la Universidad Nacional de Colombia".

 

Que por ello es necesario especificar cuáles serán las modalidades de Trabajo Final adoptadas por el plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería ¿Ingeniería Mecánica en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá.

 

Que la Dirección Nacional de Programas Curriculares de Posgrado avaló la distribución de actividades académicas y asignaturas obligatorias del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería - Ingeniería Mecánica mediante oficio DNPP-055 de 19 de febrero de 2018.

 

Que el Consejo de Facultad aprobó mediante Acta 8 del 17 de mayo de 2018 las asignaturas obligatorias y las actividades académicas del plan de estudios de profundización de la Maestría en Ingeniería - Ingeniería Mecánica.

 

Que en mérito de lo anterior,

ACUERDA

ARTÍCULO 1.  El plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería - IngenieríaMecánica en la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Bogotá, quedó establecido de la siguiente manera en el Acuerdo 073 de 2009 del Consejo Académico:

 

 

Estructura

Créditos

Actividades académicas

 

Trabajo Final

Propuesta trabajo final

Seminarios de profundización

 

Subtotal

 

 

10

4

6

 

  20

Componente central (Asignaturas obligatorias)

12

Asignaturas elegibles

20

Total

52

 

 

ARTÍCULO 2. Las actividades académicas del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería ¿ Ingeniería Mecánica quedan especificadas de la siguiente manera:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

ASIGNATURA PRERREQUISITO / CORREQUISITO

CÓDIGO

NOMBRE

REQUISITO

2020351

Seminario de profundización I

3

 

 

 

2021922

Seminario de profundización II

3

2020351

Seminario de profundización I

Prerrequisito

2020348

Propuesta trabajo final

4

2021922

Seminario de profundización II

Correquisito

2020355

Trabajo Final

10

2020348

Propuesta trabajo final

Prerrequisito

 

 

ARTÍCULO 3. Los estudiantes del plan de estudios de profundización del programa curricular Maestría en Ingeniería - Ingeniería Mecánica deberán aprobar mínimo doce (12) créditos de la siguiente lista:

 

CÓDIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

ASIGNATURA PRERREQUISITO / CORREQUISITO

CÓDIGO

NOMBRE

REQUISITO

2023340

Termodinámica avanzada

4

-

-

-

2023665

Matemáticas avanzadas para ingeniería

4

-

-

-

2023305

Modelamiento Matemático

4

-

-

-

2021109

Diseño de experimentos

4

-

-

-

2023339

Mecánica del medio continuo

4

-

-

-

2023299

Física y química de sólidos

4

-

-

-

2023304

Mecánica de la fractura

4

-

-

-

2024145

Procesos avanzados de fabricación

4

-

-

-

2023301

Inspección no destructiva

4

-

-

-

2020171

Mecánica clásica

4

-

-

-

2018627

Teoría de diseño de experimentos

4

-

-

-

2023293

Análisis de fallas

4

-

-

-

2024587

Ingeniería biomecánica

4

-

-

-

2023299

Física y química de sólidos

4

-

-

-

 

PARÁGRAFO 1. Los créditos aprobados en asignaturas obligatorias que superen los requeridos en el plan de estudios pasarán automáticamente a contar como créditos elegibles aprobados.

 

ARTÍCULO 4. Los estudiantes podrán cursar asignaturas elegibles de la siguiente lista, de otros programas curriculares de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia o de cualquier otra institución de educación superior con la que se tenga convenio, según sus aspiraciones e intereses y con la orientación del director del trabajo final o tutor, tal y como queda establecido en el Artículo 24 del Acuerdo 033 de 2007 del Consejo Superior Universitario.

 

CÓDIGO

NOMBRE

CRÉDITOS

ASIGNATURA O ACTIVIDAD ACADÉMICA PRERREQUISITO / CORREQUISITO

CÓDIGO

NOMBRE

REQUISITO

2019816

Curso dirigido I

4

2020351

Seminario de Profundización I

Prerrequisito

2020064

Curso dirigido II

4

2020351

Seminario de Profundización I

Prerrequisito

 

PARÁGRAFO. Para aprobar la inscripción de un estudiante a alguna de las asignaturas Curso Dirigido I o Curso Dirigido II, el docente con quien lo desarrollará deberá presentar ante el Comité Asesor de Posgrados el programa del curso propuesto en el que se evidencien claramente los objetivos, contenido temático, metodología, forma de calificación y bibliografía de apoyo. Este programa deberá estar firmado por el docente. Este proceso deberán adelantarlo en el semestre anterior a la inscripción antes de la semana diez.

 

ARTÍCULO 5. La oferta de asignaturas obligatorias y asignaturas elegibles será revisada semestralmente y podrá ser modificada por el Consejo de Facultad, previa solicitud del Comité Asesor del Programa, teniendo en cuenta en dichas modificaciones el mejoramiento en el nivel de flexibilidad del plan de estudios y la articulación con otros planes de estudio de la Universidad.

 

PARÁGRAFO. Las modificaciones que deban hacerse a asignaturas obligatorias del plan de estudios de profundización aquí establecidas serán formalizadas mediante Acuerdo del Consejo de Facultad, previa solicitud del Comité Asesor, con el aval de la Dirección Nacional de Programas Curriculares de Posgrado.

 

ARTÍCULO 6. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema Nacional de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia administrado por la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Acuerdo 070 de 2012 del Consejo Superior Universitario, y deroga la Resolución 173 de 2009 del Consejo de Facultad de Ingeniería.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los diecisiete (17) días de mayo de dos mil dieciocho (2018)

 

JOSÉ ISMAEL PEÑA REYES

Presidente


 

LUIS FRANCISCO BOADA ESLAVA

Secretario