SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 23/11/2018
- Fecha de entrada en vigencia: 18/12/2018
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ACUERDO
171 DE 2018
(Acta 09 del 23 de noviembre)
"Por el cual se modifica el artículo 3 del Acuerdo 162 de 2018 del Consejo Académico por el cual se modifica la estructura del plan de estudios del programa curricular de Ingeniería de Petróleos de la Facultad de Minas de la Sede Medellín de la Universidad Nacional de Colombia"
EL CONSEJO ACADÉMICO
En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 22 del Acuerdo 11 de 2005 del Consejo Superior Universitario y el literal c, numeral 3, artículo 2 del Acuerdo 035 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO
QUE el programa curricular de Ingeniería de Petróleos de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, fue creado mediante Acuerdo 146 de 1967 del Consejo Superior Universitario de la Universidad Nacional de Colombia.
QUE el plan de estudios del programa curricular de Ingeniería de Petróleos de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, se rige por el Acuerdo 162 de 2018 del Consejo Académico.
QUE por un error involuntario el artículo 3 presenta una inconsistencia tal como se muestra a continuación "ARTÍCULO 3. El plan de estudios tiene un total de ciento setenta y tres (172) créditos exigidos."
QUE el Consejo Académico, en sesión 09 del 23 de noviembre de 2018, aprobó la modificación del artículo 3 del plan de estudios del programa curricular de Ingeniería de Petróleos en la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia - Sede Medellín.
En mérito de lo anterior,
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 3 del Acuerdo 162 de 2018 del Consejo Académico, quedando así:
"ARTÍCULO 3. El plan de estudios tiene un total de ciento setenta y dos (172) créditos exigidos."
ARTÍCULO 2. Las demás disposiciones del Acuerdo 162 de 2018 del Consejo Académico no se modifican.
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Sistema de información normativa, jurisprudencial y de conceptos - Régimen Legal y deroga todas aquellas normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., 23 de noviembre del mes de noviembre de 2018
DOLLY MONTOYA CASTAÑO
Presidenta
CARMEN ALICIA CARDOZO DE MARTÍNEZ
Secretaria