ACUERDO CS-053 DE 2018

(Acta 25 del 30 de noviembre)

 

 "Por el cual se crea el programa curricular de posgrado Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas en la Facultad de Minas en la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín"

 

            EL CONSEJO DE SEDE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

SEDE MEDELLÍN

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas por el artículo primero del Acuerdo 072 de 2006 del Consejo Superior Universitario y,


CONSIDERANDO


Que mediante el Acuerdo 072 de 2006 del Consejo Superior Universitario, se delega en los Consejos de Sede la creación, apertura, modificación, suspensión y supresión de los programas curriculares de posgrado de Especialización.

 

Que el Consejo de la Facultad de Minas en sesión del 12 de marzo de 2018, Acta 06, decidió avalar la creación del programa curricular de posgrado Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas.

 

Que la Oficina de Planeación de la Sede mediante oficio M.OPE-054-18 del 03 de abril de 2018 otorgó su aval para continuar con el proceso de creación del programa en la Sede.

 

Que después de analizar la justificación y pertinencia del programa, la Dirección Académica emitió concepto positivo mediante oficio M.DA.198-18 del 7 de noviembre de 2018, con el fin de continuar con el trámite respectivo ante el Consejo de la Sede.

 

Que el Consejo de Sede Medellín, en sesión del 30 de noviembre 2018, Acta 25, aprobó la apertura del plan de estudio de la Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas en la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín.

 

Que el Consejo de Sede en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1. Aprobar la creación del programa curricular de posgrado Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín.

 

ARTÍCULO 2. La Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas tiene como propósito la generación de conocimientos y habilidades prácticas y teóricas para el desarrollo de nanopartículas, nanofluidos y/o mejoramiento de fluidos existentes para incrementar la productividad y/o el recobro de petróleo y gas basado siempre en un lineamiento costo - efectivo y amigable con el medio ambiente.

 

ARTÍCULO 3. El plan de Estudios del programa curricular de posgrado Especialización en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas tiene un total de veintiocho (28) créditos, se desarrollará en dos (2) periodos académicos y estará integrado por el siguiente plan de asignaturas:

 

Estructura Plan de Estudios

Créditos

Asignaturas Obligatorias

Nanotecnología en la Industria del Petróleo y Gas

4

Fenómenos de Superficie Aplicados a la Productividad de Yacimientos: Nanotecnología

4

Tópicos Avanzados de Daño de Formación: Nanotecnología

4

Recobro Mejorado de Petróleo

4

Subtotal

16

Asignaturas Elegibles

12

TOTAL

28

 

ARTÍCULO 4. La Universidad Nacional de Colombia otorgará el título de Especialista en Nanotecnología Aplicada a la Industria del Petróleo y Gas, a quienes cursen y aprueben el plan de estudios establecido y cumplan con los requisitos de grado definidos en las reglamentaciones vigentes en la Universidad Nacional de Colombia

 

ARTÍCULO 5. La oferta de asignaturas deberá ser revisada anualmente y podrá ser modificada por el Consejo de Facultad. Las modificaciones deben ser notificadas a la Dirección Académica para su revisión y carga en el Sistema de Información Académica.

 

ARTÍCULO 6. Remitir copia del presente Acuerdo al Sistema de Información Académica y a la dirección Nacional de Programas Curriculares de Posgrado para iniciar el trámite requerido ante el Ministerio de Educación Nacional.

 

ARTÍCULO 7. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema Nacional de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia administrado por la Secretaría General, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo 070 de 2012 del Consejo Superior Universitario.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Medellín, a los 05 días del mes de diciembre de 2018

 

JUAN CAMILO RESTREPO GUTIÉRREZ

Presidente

 

CATALINA CEBALLOS PARÍS

Secretaria de Sede