ACUERDO 65 DE 2020

 

"Por el cual se adoptan las medidas necesarias para dar aplicación al Régimen de Transición previsto en el artículo 12 del Acuerdo 159 de 2018 del Consejo Académico para el plan de estudios del programa curricular de pregrado Ingeniería Industrial de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín"

 

EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE MINAS,

 

En ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 6 y 12 del Acuerdo 159 de 2018 del Consejo Académico, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el plan de estudios del Programa Curricular de Ingeniería Industrial de la Facultad de Minas de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, se rige por el Acuerdo 159  de 2018 del Consejo Académico.

 

Que el artículo 12 del Acuerdo 159 de 2018 del Consejo Académico estableció el régimen de transición para la aplicación de las disposiciones contenidas en dicho Acuerdo.

 

Que mediante Acuerdos 172 de 2019 el Consejo Académico modificó el régimen de transición que había establecido en los Acuerdos 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163 y 164 de 2018, a través de los cuales se modificaron los planes de estudio de los programas curriculares de pregrado de la Facultad de Minas de la Sede Medellín.

 

Que mediante Acuerdo 173 de 2019 el Consejo Académico modificó nuevamente el régimen de transición establecido en el artículo 12 de los Acuerdos 153, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163 y 164 de 2018, y en el artículo 2 del Acuerdo 154  y derogó el Acuerdo 172 de 2019.

 

Que mediante Acuerdo 33 de 2019 el Consejo de la Facultad de Minas de la Sede Medellín especificó los créditos, las agrupaciones y las asignaturas del Plan de Estudios del Programa Curricular de Ingeniería Industrial y se derogó la Resolución 219 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas (Plan de estudios anterior).

Que el parágrafo 2 del Artículo 4 del Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas estableció respecto al ámbito de aplicación de las disposiciones contempladas en dicho Acuerdo que:
"...
Los estudiantes que fueron admitidos antes del primer per
íodo académico del año 2019, es decir, hasta la cohorte 2018-II continuarán rigiéndose por las disposiciones contempladas en la Resolución 219 de 2011    del Consejo de la Facultad de Minas mientras se adoptan las medidas necesarias para dar aplicación al régimen de transición del plan de estudios previsto en el Artículo 12 del Acuerdo 159 de 2018 del Consejo Académico y modificado por el Artículo 1 del Acuerdo 173 de 2019 del Consejo Académico...".

 

Que mediante Acuerdo 177 de 2020 del Consejo Académico se suspendió parcialmente la aplicación del Artículo 12 de los Acuerdos 153, 155, 156, 157, 157 (sic), 159, 160, 161, 162, 163, 164, el Artículo 2 del Acuerdo 154 de 2018 y el Acuerdo 173 de 2019, emitidos por el Consejo Académico.

 

Que los parágrafos 1, 2 y 3 del artículo 1 del Acuerdo 177 de 2020 del Consejo Académico señalan lo siguiente respecto a la suspensión:

 

"...PARÁGRAFO PRIMERO: Esta suspensión aplicará únicamente para los estudiantes que se identifican en el siguiente grupo:

4. Estudiantes activos admitidos antes del 2019-I o que estaban en reserva de cupo para el periodo académico 2020-1S, y se encuentran interesados en aplicar a la transición.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO: Para los estudiantes que hayan solicitado reingreso, traslado o doble titulación para el semestre 2020-1S, teniendo en cuenta que dicho semestre no se programó para la Sede Medellín, su solicitud será tenida en cuenta para el semestre 2020-2S, salvo que el interesado desista por escrito de su solicitud ante el Consejo de la Facultad de Minas.

 

PARAGRAFO TERCERO: Los estudiantes que fueron admitidos a partir del 2019-1S continuarán cursando los planes indicados en los Acuerdos 153, 154, 155, 156, 157, 157 (sic), 159, 160, 161, 162, 163, 164 de 2018 del Consejo Académico...".

 

 

Que el Comité Asesor del Programa Curricular de Ingeniería Industrial presentó la propuesta de las equivalencias necesarias entre las asignaturas de los planes de estudio de los programas curriculares regidos por la Resolución 219 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas (anterior plan de estudios) y el Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas, de manera que el proceso de transferencia de las historias académicas de los estudiantes sea culminado con éxito.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN.  De conformidad con el Acuerdo 177 de 2020 del Consejo Académico las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán de la siguiente forma:

1.    A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo a los estudiantes a quienes se les apruebe reingreso, traslado o doble titulación para el periodo académico 2020-II y períodos subsiguientes.

2.    Desde el momento en el que se levante la suspensión establecida por el Consejo Académico mediante Acuerdo 177 de 2020 a los estudiantes activos admitidos antes del 2019-I que se encuentran interesados en aplicar a la transición al nuevo programa curricular.

 

ARTÍCULO 2. Texto original subrayado fue modificado por Art. 1, Acuerdo CF Minas 78 de 2021. Las equivalencias aplicables entre las asignaturas del plan de estudios Ingeniería Industrial previsto en la Resolución 219 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas y las asignaturas del nuevo plan de estudios de Ingeniería Industrial previsto en el Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas son las siguientes:

 

Asignaturas con equivalencia:

Plan Anterior - 3523 (Resolución 219 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas)

Tipo Equivalencia

Plan Nuevo - 3536 (Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas)

Código

Nombre Asignatura

Créditos

Código

Nombre Asignatura

Créditos

Tipología

3006914

Estadística I

4

Una a una

3010651

Estadística I

3

B

3007826

Termodinámica General

4

Una a una

3010478

Termodinámica General

3

C

3007327

Procesos de Manufactura

3

Igual

3010419

Procesos de Manufactura I

3

C

3007702

Sistemas de Información

3

Igual

3008883

Fundamentos de Sistemas de Información e Inteligencia de Negocios

3

B

3007283

Contabilidad de Costos

4

Una a una

3010507

Contabilidad General y de Costos

4

C

3007317

Higiene y Seguridad Industrial

3

Una a una

3010657

Higiene y Seguridad Industrial

2

C

3007333

Teoría de la Gestión

3

Igual

3010425

Teoría Administrativa y Organizacional

3

C

3007321

Introducción a la Ingeniería Industrial

3

Igual

3010503

Introducción a la Ingeniería Industrial

2

C

3007329

Relaciones Industriales

4

Una a una

3010500

Gestión del Talento Humano

3

C

3007313

Ergonomía

3

Una a una

3010673

Ergonomía

2

C

3009237

Diseño de Plantas

4

Una a una

3010672

Diseño de Plantas

4

C

 

 

Plan Anterior - 3523 (Resolución 219 de 2011 del Consejo de la Facultad de Minas)

Tipo Equivalencia

Plan Nuevo - 3536 (Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas)

Código

Nombre Asignatura

Créditos

Código

Nombre Asignatura

Créditos

Tipología

 3007844

Seminario de Proyectos en Ingeniería I

3

 Igual

 3010408

Fundamentos de Proyectos en Ingeniería

3

C

 3007845

Seminario de Proyectos en Ingeniería II

3

 Igual

3010407 

Estructuración y Evaluación de Proyectos en Ingeniería

3

C

 3007846

Seminario de Proyectos en Ingeniería III

4

 Igual

3010439 

Proyecto Integrado en Ingeniería

4

C

3007742

Fundamentos de Programación

3

Igual

3010435

Fundamentos de Programación

3

B

3007282

Administración Financiera

3

Igual

3010521

Administración Financiera

3

C

3007319

Innovación y Gestión Tecnológica

3

Igual

3010411

Innovación y Gestión Tecnológica

3

C

3007318

Ingeniería de Producción

4

Igual

3010502

Ingeniería de Producción

4

C

3007310

Control Estadístico de la Calidad

3

Igual

3010508

Control Estadístico de la Calidad

3

C

3007332

Sistemas Logísticos

3

Igual

3010504

Sistemas Logísticos

3

C

3008912

Gestión Estratégica

3

Igual

3010396

Administración Estratégica

3

T

 

ARTÍCULO 3. A todos los estudiantes en el nuevo plan de estudios se les creará una nueva historia académica en el Sistema de Información Académica (SIA). La historia académica anterior quedará bloqueada y cerrada por "modificación de plan de estudios" y sólo estará disponible para consulta.

 

PARÁGRAFO 1. Las historias académicas conservarán el historial de reservas de cupo, bloqueos, cancelaciones de período académico y las asignaturas cursadas aprobadas, reprobadas y canceladas.

 

ARTÍCULO 4. El cálculo del cupo de créditos de que trata el artículo 11 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario, se aplicará para los estudiantes en el nuevo plan de estudios, de conformidad con el número de créditos totales, obligatorios y optativos definidos en el Acuerdo 159  de 2018 del Consejo Académico y el Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas.

 

ARTÍCULO 5. El cálculo del Promedio Académico y del Promedio Aritmético Ponderado Acumulado de que tratan los artículos 41 y 42 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario, se aplicará para los estudiantes en el nuevo plan de estudios, de conformidad con el número de créditos totales (obligatorios y optativos) definidos en el Acuerdo 159 de 2018 del Consejo Académico y en el Acuerdo 33 de 2019 del Consejo de la Facultad de Minas y de las calificaciones obtenidas por el estudiante.

 

ARTÍCULO 6. Para los estudiantes en el nuevo plan de estudios los créditos aprobados que sobrepasen los mínimos exigidos por el plan de estudios en los componentes de Fundamentación o de Formación Disciplinar o Profesional, serán reconocidos como créditos de Libre Elección.

 

ARTÍCULO 7. Los estudiantes que entren en el nuevo plan de estudios, una vez se haya migrado y cerrado su historia académica del plan de estudios anterior, no podrán devolverse a éste pues estará bloqueado. Esto aplicará para los siguientes grupos de estudiantes identificados en el Acuerdo 177 de 2020 del Consejo Académico:

- Grupo 2. Estudiantes a quienes se les apruebe el reingreso, traslado o doble titulación para el periodo 2020-II y períodos subsiguientes

- Grupo 4: Estudiantes activos admitidos antes del 2019-I que se encuentran interesados en aplicar a la transición al nuevo programa curricular.

 

ARTÍCULO 8. Enviar copia del presente Acuerdo a la Dirección Nacional de Programas de Pregrado, a la Dirección Académica de la Sede y a la Dirección de cada Área Curricular.

 

ARTICULO 9. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Medellín, a los diecisiete  (17) días del mes de julio de dos mil veinte (2020).

 

 

Verónica Catalina Botero Fernández

 

Presidenta

 

Héctor Iván Velásquez Arredondo

 

Secretario