SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 29/09/2020
- Fecha de entrada en vigencia: 02/10/2020
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RESOLUCIÓN 614 DE 2020
(29 de septiembre)
"Por la cual se crea el Comité Nacional de Estrategia Digital de la Universidad Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones"
LA RECTORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
En uso de sus atribuciones legales, en especial, las conferidas por el numeral 18 del artículo 16 del Acuerdo 11 de 2005, el artículo 11 del Acuerdo 002 de 2008 y el artículo 4 del Acuerdo 316 de 2019, emitidos por el Consejo Superior Universitario y,
CONSIDERANDO
QUE mediante Resolución de Rectoría No. 335 de 1998 se creó el Comité Nacional de Informática y Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Colombia, como el órgano responsable del diseño de las políticas, planes y programas para el manejo automatizado de la información académica y administrativa y las telecomunicaciones de la Universidad.
QUE mediante el artículo 1 de la Resolución de Rectoría No. 867 de 2007 se modificó la conformación del Comité Nacional de Informática y Telecomunicaciones, prevista en el artículo 2° de la Resolución de Rectoría 335 de 1998.
QUE el numeral 3º del artículo 66 de la Resolución de Rectoría No. 1551 de 2014, mediante la cual se adopta el Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia, establece que el Comité Nacional de Informática y Comunicaciones es la autoridad encargada de dar autorización previa al inicio de la gestión para la contratación de bienes y/o servicios relacionados con soluciones informáticas y de comunicaciones de propósito institucional, con los alcances, cuantía y excepciones señaladas en dicha norma.
QUE mediante Acuerdo 316 de 2019 del Consejo Superior Universitario se modificó la estructura interna académico-administrativa del Nivel Nacional de la Universidad Nacional de Colombia, creando la Dirección Nacional de Estrategia Digital, con el propósito de implementar gobernabilidad, toma de decisiones estratégicas y de gestión de TI con calidad y oportunidad, enmarcado en las necesidades actuales de la educación pública superior como factor estratégico institucional.
QUE en el artículo 4 del Acuerdo 316 de 2019 del Consejo Superior Universitario, autorizó a la Rectoría de la Universidad para reglamentar lo concerniente a la creación del Comité Nacional de Estrategia Digital.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. CREACIÓN. Crear el Comité Nacional de Estrategia Digital de la Universidad Nacional de Colombia como órgano estratégico responsable a nivel institucional de la correcta planeación, evaluación y seguimiento de estrategias, políticas y lineamientos de tecnologías de la información y las comunicaciones y de transformación digital en la Universidad Nacional de Colombia.
Las decisiones, disposiciones y recomendaciones proferidas por este Comité deberán ser acatadas por las autoridades y funcionarios de la Universidad en todos sus niveles de dirección y organización.
ARTÍCULO 2. FUNCIONES. Son funciones del Comité Nacional de Estrategia Digital, las siguientes:
1. Aprobar y proporcionar orientación estratégica para la gestión de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de transformación digital en la Universidad Nacional de Colombia.
2. Aprobar las políticas que formule la Dirección Nacional de Estrategia Digital en el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones y de transformación digital requeridas por la institución.
3. Aprobar el Plan Estratégico de Tecnologías de Información y las Comunicaciones - PETI alineado con el Plan Estratégico Institucional.
4. Verificar el cabal cumplimiento del Plan Estratégico de Tecnologías de Información y las Comunicaciones - PETI institucional.
5. Adelantar la evaluación y el seguimiento a las estrategias, políticas y lineamientos de tecnologías de la información y las comunicaciones y de transformación digital adoptadas en la Universidad.
6. Definir las reglamentaciones a que haya lugar en el cumplimiento de las anteriores funciones.
ARTÍCULO 3. CONFORMACIÓN. El Comité Nacional de Estrategia Digital estará integrado por los siguientes miembros, quienes tendrán derecho a voz y voto:
1. El(la) Rector(a) o su delegado, quien lo presidirá
2. El Director Nacional de Estrategia Digital, quien ejercerá la Secretaría Técnica y Administrativa
3. El Vicerrector General
4. El Vicerrector de la Sede Bogotá
5. El Vicerrector de la Sede Medellín
6. El Vicerrector de la Sede Manizales
7. El Vicerrector de la Sede Palmira
8. Dos representantes de TI y/o Transformación Digital designados por el (la) Rector(a).
Parágrafo: El Comité podrá contar con la participación de invitados de la Universidad Nacional de Colombia o expertos externos, cuando considere que los temas a tratar así lo requieran.
ARTÍCULO 4. REGLAMENTO. El Comité Nacional de Estrategia Digital expedirá su propio reglamento.
ARTÍCULO 5. Modificar el numeral 3° del artículo 66 de la Resolución de Rectoría 1551 de 2014 "Por medio de la cual se adopta el Manual de convenios y contratos de la Universidad Nacional de Colombia", el cual quedará así:
"3. Viabilidad técnica previa de la Dirección Nacional de Estrategia Digital. Para iniciar la gestión orientada a la contratación de bienes y/o servicios relacionados con soluciones tecnológicas y comunicaciones de alcance institucional, tales como equipos y soporte lógico (hardware y software) que constituyen la infraestructura de los sistemas de información y de comunicaciones y que soportan la gestión académico-administrativa de la Universidad, cuya cuantía supere los 160 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Se exceptúan las gestiones orientadas a la adquisición de hardware y software que no requiera interoperabilidad con la red institucional y que se requieran para la ejecución de un proyecto de investigación o de extensión, siempre que se encuentren discriminadas en la resolución de aprobación del presupuesto del proyecto o en la propuesta aprobada por la entidad contratante o financiadora."
ARTÍCULO 6. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema de Información Normativa Jurisprudencial y de Conceptos - Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Acuerdo 70 de 2012 del Consejo Superior Universitario
ARTÍCULO 7. DEROGATORIA. La presente Resolución deroga la Resolución de Rectoría 335 de 1998 "Por la cual se crea el Comité Nacional de Informática y Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Colombia" y la Resolución de Rectoría 867 de 2007 "Por la cual se modifica la Resolución 335 de 1998 de la Rectoría y se deroga la Resolución 63 de 2001 de la Rectoría", y las demás disposiciones que le sean contrarias.
ARTÍCULO 8. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución a la Vicerrectoría General, a las Vicerrectorías y Direcciones de Sede, a la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa, y a la Dirección Nacional de Estrategia Digital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de 2020
DOLLY MONTOYA CASTAÑO
Rectora