SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 09/03/2021
- Fecha de entrada en vigencia: 10/03/2021
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ACUERDO 86 DE 2021
(ACTA 5 DEL 26 DE FEBRERO)
Derogado por Art. 3, Acuerdo Consejo de Sede Medellín 088 de 2021.
"Por el cual se modifica parcialmente el Artículo 1 del Acuerdo M.CS-082 del 11 de diciembre de 2020-calendario académico para el periodo 2021- 1S para los programas de Pregrado de la Sede Medellín, y se deroga el Acuerdo M.CS-084 del 19 de diciembre de 2020"
EL CONSEJO DE LA SEDE MEDELLÍN
En uso de sus facultades conferidas por el Artículo 2 de la Resolución 772 de 2020 de la Rectoría, y
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo M.CS-082 del 11 de diciembre de 2020 se fijó el calendario académico para el periodo 2021- 1S para los programas de Pregrado de la Sede Medellín.
Que mediante Acuerdo M.CS-084 del 19 de diciembre de 2020 se modificó parcialmente el Artículo 1 del Acuerdo M.CS-082 del 11 de diciembre de 2020, con la finalidad de proporcionar las fechas de pago oportuno y extemporáneo de los recibos de Matrícula.
Que mediante Resolución 48 del 02 de febrero de 2021 la Rectoría estableció las fechas para efectuar el pago de los derechos de matrícula para los estudiantes de pregrado correspondientes al primer período académico de 2021, junto con el sistema de cuotas y de pago para el fraccionamiento, así:
Artículo 2. Sistema de cuotas y de pago. Para efectos del fraccionamiento regirán las siguientes reglas sobre las cuotas y pago:
a) El fraccionamiento se hará en tres cuotas así:
- La primera, equivalente al valor de los derechos de bienestar universitario, sistematización y seguro estudiantil o póliza, se deberá pagar como máximo el 26 de febrero de 2021.
- La segunda, equivalente al 50% del valor de los derechos de matrícula, deberá pagarse como máximo el 26 de marzo de 2021.
- La tercera, equivalente al 50% del valor de los derechos de matrícula, deberá pagarse como máximo el 3 de mayo de 2021, como fecha de pago oportuno, y el 14 de mayo de 2021, como fecha de pago extemporáneo.
Que la Resolución 48 del 02 de febrero de 2021 la Rectoría en su Artículo 3 estableció que esta disposición será aplicable a todos los estudiantes de Pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
Que mediante Circular No. 02 de la Dirección Nacional de Información Académica-DNINFOA, del 02 de marzo de 2021, se amplió la fecha de pago del primer recibo para los estudiantes de pregrado hasta el 26 de marzo de 2021.
Que se hace necesario armonizar el Calendario Académico detallado para Pregrado en la Sede Medellín con lo dispuesto en la Resolución 48 del 02 de febrero de 2021 de la Rectoría, en lo relacionado con las fechas de pago de matrícula de pregrado del primer periodo académico de 2021, junto con lo dispuesto en la Circular 02 de la DNINFOA; así mismo y con el fin de evitar la dispersión normativa y para mayor claridad, derogar el Acuerdo M.CS-084 del 19 de diciembre de 2020 del Consejo de la Sede, consolidando las modificaciones al Calendario Académico de Pregrado que se han realizado hasta la fecha, en un solo Acuerdo.
Que en mérito de lo anterior,
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Modificar parcialmente el primer inciso del Artículo 1 del Acuerdo M.CS-082 del 11 de diciembre de 2020, con el fin de adicionar en el cronograma del primer periodo académico del año 2021 las siguientes actividades:
ACTIVIDADES |
|
Pago oportuno primera cuota de fraccionamiento |
26 de febrero de 2021 |
Pago extemporáneo primera cuota de fraccionamiento |
26 de marzo de 2021 |
Fecha máxima pago segunda cuta de fraccionamiento |
26 de marzo de 2021 |
Pago oportuno tercera cuota de fraccionamiento |
03 de mayo de 2021 |
Pago extemporáneo tercera cuota de fraccionamiento |
14 de mayo de 2021 |
ARTÍCULO 2. Las demás disposiciones del Acuerdo M.CS-082 del 11 de diciembre de 2020 del Consejo de la Sede Medellín continúan vigentes.
ARTÍCULO 3. Derogar el Acuerdo M.CS-084 del 19 de diciembre de 2020 del Consejo de la Sede Medellín en todos sus apartes.
ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos, Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Medellín el 09 de marzo de 2021
JUAN CAMILO RESTREPO GUTIÉRREZ
Presidente
CATALINA CEBALLOS PARÍS
Secretaria