ACUERDO 092 DE 2021

 

(ACTA 08 DEL 21 DE MAYO)

 

"Por el cual se modifica parcialmente el Artículo 1 del Acuerdo M.CS-085 del 29 de enero de 2021- calendario académico para el periodo 2021- 1S para los programas de Posgrado de la Sede Medellín"

EL CONSEJO DE LA SEDE MEDELLÍN

En ejercicio de sus atribuciones conferidas mediante numeral 4 del artículo 29 del Acuerdo 11 de 2005 y artículo 7 del Acuerdo 029 de 2010, ambos del Consejo Superior Universitario, y

CONSIDERANDO

 

Que mediante la Resolución 008 del 07 de enero de 2021, la Rectora de la Universidad Nacional de Colombia, en ejercicio de la delegación conferida por el Consejo Superior Universitario, estableció "el Calendario Académico para programas de posgrado de la Sede Medellín para el primer período académico del año 2021".

 

Que el Artículo 2 de la mencionada Resolución, autoriza a los Consejos de Sede la expedición del Calendario Académico detallado para los programas de posgrado y las actividades académicas y administrativas específicas de la Sede.

 

Que mediante Acuerdo M.CS-085 del 29 de enero de 2021 se fijó el calendario académico detallado para el periodo 2021- 1S para los programas de Posgrado de la Sede Medellín.

 

Que la Comisión Delegataria del Consejo de la Sede, en sesión del 19 de mayo de 2021, considerando el volumen de solicitudes que se han recibido de estudiantes de posgrado referentes a la ampliación del plazo para el pago del segundo recibo de los costos de matrícula, argumentando dificultades económicas, propuso al Consejo de la Sede la aprobación de la modificación del calendario académico del periodo 2021-1S para programas de posgrado, en lo referente a la ampliación de la fecha de pago del segundo recibo hasta el 30 de junio de 2021, para todos los estudiantes de posgrado que no hayan realizado el pago de este recibo,.

 

Que mediante Resolución 048 de 2020 de la Comisión Delegataria del Consejo Superior Universitario se concedió excepción a lo establecido en el parágrafo del artículo 3 del Acuerdo 029 de 2010 del Consejo Superior Universitario y, en consecuencia, se autorizó el no cobro de matrícula extemporánea durante el segundo período académico de 2020 y el primer período académico de 2021 para los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

 

Que el Consejo de la Sede Medellín en consulta virtual del 20 de mayo de 2021, ACTA 08, analizó y aprobó la solicitud de la Comisión Delegataria del Consejo de la Sede para modificar el calendario académico del periodo 2021-1S para programas de posgrado, en lo relacionado con las actividades incluidas en el calendario que hacen referencia al plazo para el pago del segundo recibo de los costos de matrícula, el cuál será sin recargo por extemporaneidad.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA

 

ARTÍCULO 1. Modificar parcialmente el primer inciso del Artículo 1 el Acuerdo M.CS-085 del 29 de enero de 2021 del Consejo de la Sede Medellín, con el fin de eliminar del cronograma la actividad "Fecha de pago extemporáneo SEGUNDO RECIBO" y reajustar las fechas límite para las siguientes actividades:

 

CALENDARIO ACADÉMICO - SEDE MEDELLÍN
Período Académico 2021-1S

Actividad

Fecha

Semana

Responsable

Fecha de pago oportuno SEGUNDO RECIBO

Hasta el 30 de junio de 2021

17

Estudiante de posgrado

 

ARTÍCULO 2. Las demás disposiciones del Acuerdo M.CS-085 del 29 de enero de 2021del Consejo de la Sede Medellín continúan vigentes.

 

ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos, Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Medellín el 21 de mayo de 2021

 

JUAN CAMILO RESTREPO GUTIÉRREZ

 

Presidente

 

 

CATALINA CEBALLOS PARÍS

                                                                                               

 

Secretaria