SISTEMA DE INFORMACIÓN NORMATIVA, JURISPRUDENCIAL Y DE CONCEPTOS
"RÉGIMEN LEGAL"
- Fecha de expedición: 22/07/2021
- Fecha de entrada en vigencia: 26/07/2021
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RESOLUCIÓN 482 DE 2021
(22 de julio)
"Por la cual se determinan las competencias y funciones de la División de Registro de la Sede Bogotá"
LA RECTORA (E) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
En uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial de las conferidas en el artículo 21 del Acuerdo 164 de 2014 del Consejo Superior Universitario, y
CONSIDERANDO
Que mediante Resolución 531 de 2015 de Rectoría se determinaron las competencias y funciones de las dependencias en la estructura interna académico administrativa de la Sede de Bogotá.
Que en el artículo 2 de la citada Resolución, se definieron las funciones para la División de Registro adscrita a la Dirección Académica.
Que la Vicerrectoría Académica en reuniones con los Directores Académicos y Jefes de las Divisiones y Secciones Registro de las Sedes Manizales, Medellín, Palmira y Bogotá acordaron presentar a la Rectoría una propuesta, con unidad de criterio, de las funciones directamente relacionadas con la naturaleza y misión de las diferentes dependencias de Registro de la Universidad Nacional de Colombia.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. La División de Registro dependencia adscrita a la Dirección Académica de la Sede Bogotá cumplirá las siguientes funciones:
a) Apoyar la logística necesaria para la aplicación de las pruebas administradas por la Dirección Nacional de Admisiones de la Universidad, conforme a las directrices definidas para tal fin.
b) Crear y administrar las historias académicas en el Sistema de Información Académica de conformidad con las normas vigentes.
c) Expedir el documento de identificación institucional a la comunidad universitaria, siguiendo la normatividad interna de la Universidad.
d) Ejecutar las actividades para el registro, matrícula inicial y renovación de matrícula, garantizando el cumplimiento de la normativa establecida.
e) Aplicar y dar cumplimiento a las decisiones de las autoridades académicas de la Universidad acorde con la normatividad vigente y aplicable.
f) Participar en la elaboración y evaluación del desarrollo de las políticas de las funciones relacionadas con la dependencia.
g) Actualizar permanentemente los procedimientos de la dependencia.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Sistema de Información Normativa, Jurisprudencial y de Conceptos ¿ Régimen Legal de la Universidad Nacional de Colombia y deroga el artículo 2 de la Resolución de Rectoría No. 531 de 2015.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los veintidós (22) días del mes de julio de 2021
CARMEN ALICIA CARDOZO DE MARTÍNEZ
Rectora (E)