Señala la competencia del legislador para dictar disposiciones generales con arreglo de los cuales los centros universitarios puedan darse sus directivas y regirse por sus estatutos.
Señala los límites y restricciones del principio de la Autonomía Universitaria dados por la Constitución y la Ley teniendo en cuenta la función social que cumple la educación.
Señala los límites y restricciones del principio de la Autonomía Universitaria dados por la Constitución y la Ley teniendo en cuenta la función social que cumple la educación.