Ni la Universidad, ni cualquiera de sus dependencias, pueden brindar a su costa capacitación a los particulares vinculados bajo la modalidad de órdenes de prestación de servicios, porque estos no hacen parte del personal administrativo de la Universidad.
Conceptúa sobre la inviabilidad de brindar capacitación al personal vinculado a la Universidad a través de órdenes contractuales de prestación de servicios.
Los particulares vinculados bajo la modalidad de órdenes de prestación de servicios no hacen parte del personal administrativo de la Universidad.