Conceptúa acerca del pronunciamiento de la Corte Constitucional (Sentencia C-654 de 2007) sobre el cobro de derechos de grado y de servicio médico estudiantil.
Señala que el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Colombia puede establecer el cobro de derechos académicos por concepto de derechos de grado, atendiendo los costos administrativos que implica la graduación, sin embargo, es necesario determinar los parámetros o procedimientos para el caso de los estudiantes que soliciten exención del pago de dichos valores, alegando no contar con los recursos económicos suficientes para sufragarlos.
Señala que el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Colombia puede establecer el cobro de derechos académicos por concepto de derechos de grado, atendiendo los costos administrativos que implica la graduación, sin embargo, es necesario determinar los parámetros o procedimientos para el caso de los estudiantes que soliciten exención del pago de dichos valores, alegando no contar con los recursos económicos suficientes para sufragarlos.
Considera que la Universidad Nacional puede determinar el cobro de algunos valores con el objeto de sufragar los costos del servicio médico estudiantil, sin embargo, es necesario determinar los parámetros o procedimientos para el caso de los estudiantes que soliciten exención del pago de dichos valores, alegando no contar con los recursos económicos suficientes para sufragarlos.
Considera que la Universidad Nacional puede determinar el cobro de algunos valores con el objeto de sufragar los costos del servicio médico estudiantil, sin embargo, es necesario determinar los parámetros o procedimientos para el caso de los estudiantes que soliciten exención del pago de dichos valores, alegando no contar con los recursos económicos suficientes para sufragarlos.