Establece cuales estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia pueden ser beneficiarios del préstamo beca.
Establece las condiciones que deben cumplir los beneficiarios del préstamo beca para condonar parcial o totalmente su deuda.
Señala la obligación de efectuar dos (2) convocatorias públicas al año para la adjudicación de préstamo beca a los estudiantes de pregrado.
Señala que el préstamo es una ayuda económica dirigida a los estudiantes, con obligación de reembolso, para cubrir parcialmente los costos de alimentación y vivienda.
Señala que la condonación es la exoneración parcial o total de la obligación que tiene el estudiante de reembolsar el préstamo cuando se cumple unas condiciones exigidas para la exoneración de la deuda.
Establece la duración máxima en la que un estudiante puede ser beneficiario del préstamo beca.
Establece la obligación de respaldar los préstamos con un Pagaré firmado por dos (2) deudores solidarios.
Reglamenta el préstamo beca para los estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
Reglamenta el préstamo beca para los estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
Establece el préstamo beca, programa al que pueden acceder los estudiantes de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia.
Establece los requisitos que deben reunir quienes aspiren a ser beneficiarios del préstamo beca en la Universidad Nacional de Colombia.
Señala los eventos en los que la Universidad puede suspender el préstamo a los estudiantes beneficiarios.
Establece las causales para dar por terminado el préstamo beca sin derecho a reingreso.