Tema: OFICINA JURÍDICA NACIONAL
Subtema: Conceptos

Conceptúa sobre la aplicación del Acuerdo 35 de 2008 del CSU, en lo que respecta al requisito de grado de acreditar una lengua extranjera en el caso de una estudiante indígena que consolidó su derecho para obtener el grado en el segundo semestre de 2008.

Tema: REQUISITOS DE GRADO
Subtema: Lengua Extranjera

Explica que antes de la expedición del nuevo Estatuto Estudiantil de la Universidad Nacional de Colombia, los estudiantes de comunidades indígenas podían acreditar como lengua extranjera el castellano, teniendo en cuenta que su lengua materna es la correspondiente a su respectiva comunidad. Señala que en el caso de una estudiante indígena que culminó sus estudios en el segundo semestre de 2008, no puede aplicársele lo establecido en el Acuerdo 35 de 2008 del CSU, que exige el idioma inglés como lengua extranjera para conceder el grado, dado que se incurriría en un desconocimiento de sus derechos adquiridos, al aplicar de manera retroactiva la ley.

Tema: ESTUDIANTES
Subtema: Requisitos de Grado

Aclara que cuando un estudiante a cumplido con las exigencias para obtener su grado, no puede aplicársele una norma posterior que cambie esos requisitos. Así, estima que, como la ley no puede aplicarse de manera retroactiva, las disposiciones del Acuerdo 35 de 2008 del CSU, no pueden cobijar a quien ya ha reunido los requerimientos para obtener su grado.