Conceptúa sobre la devolución de los derechos de matrícula cuando el estudiante ya se ha matriculado para el periodo académico para el cual efectuó el pago.
Afirma que, excepcionalmente, procede la devolución del dinero pagado por concepto de derechos de matrícula, cuando el estudiante presente graves problemas de salud, que le obliguen a solicitar la cancelación del semestre. Fuerza mayor. Afectación de derechos fundamentales del estudiante.