Delega funciones en materia contractual en las distintas autoridades de los niveles Nacional, de Sede y de Facultad de la Universidad Nacional de Colombia.
Delega funciones en materia contractual y presupuestal en las distintas autoridades de los niveles Nacional, de Sede y de Facultad de la Universidad Nacional de Colombia.
Establece las diferentes funciones que en el tema de contratación pueden cumplir las autoridades de los niveles Nacional, de Sede y de Facultad, en virtud de la delegación hecha por el Rector de la Universidad.
Delega en las autoridades de los niveles Nacional, de Sede y de Facultad, funciones relacionadas con la ordenación del gasto y autorización de pago en la Universidad Nacional de Colombia.
Señala los Fondos Especiales que existen en los diferentes niveles de la Universidad Nacional de Colombia.
Modificado por Art. 1, Resolución 2030 de 2002. Establece las fuentes de recursos de los Fondos Especiales de la Universidad Nacional de Colombia.
Delega en los Jefes de la Oficinas Jurídicas de las Sedes la representación de la Universidad en los procesos y actuaciones administrativas y jurisdiccionales en los cuales la Universidad deba hacerse parte o intervenir, según corresponda a la respectiva sede.
Delega en el Jefe de la Oficina Jurídica Nacional la representación de la Universidad en los procesos y actuaciones administrativas y jurisdiccionales en los cuales la Universidad deba hacerse parte o intervenir.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Señala las funciones de los Comités de Contratación de las Facultades de la Universidad Nacional de Colombia.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Señala las funciones de los Comités de Contratación de las Sedes de la Universidad Nacional de Colombia.
Delega en los Vicerrectores de Sede las siguientes funciones. 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de ordenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales, la celebración de convenios de cooperación reciproca, la celebración de contratos hasta por 6000 salarios mínimos mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y hasta por 3000 en las sedes Manizales y Palmira y la celebración de contratos, relacionados con funciones propias de las Facultades y los Centros e Institutos Interfacultades, por valor de 3000 a 6000 salarios mínimos mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y de 1000 a 3000 en las sedes Manizales y Palmira. 2. La ordenación de gastos hasta por 6000 salarios mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y hasta por 3000 en las sedes Manizales y Palmira y la ordenación de gastos, relacionados con funciones propias de las Facultades, de 3000 a 6000 salarios en las sedes Bogotá y Medellín y de 1000 a 3000 en las sedes Manizales y Palmira. 3. La autorización de gastos de viaje y viáticos por comisiones de personal docente y administrativo, los gastos de transporte y estadía de contratistas de la sede y los gastos para la ejecución de los contratos celebrados por el Vicerrector de sede. 4. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Funciones relacionadas con la administración del personal administrativo de la respectiva Sedes en las sedes Bogotá, Medellín, Manizales y Palmira y funciones relacionadas con la administración del personal académicos de sus respectivas sedes. 5. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. Reconocimiento y liquidación de pensiones y cuotas y bonos pensionales al personal de la sede en las sede Medellín y Manizales. 6. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. La expedición de los actos administrativos referidos a los prestamos-beca.
Delega en el Director Nacional de Personal la autorización de los gastos de personal y las contribuciones de nomina de los servidores del nivel nacional de la Universidad.
Delega en los Directores de Institutos Interfacultades las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos legales y la suscripción de contratos hasta por 3000 salarios mínimos mensuales en las sedes Bogota y Medellín y hasta por 1000 en las sedes Manizales y Palmira. 2. La ordenación de gastos hasta por 3000 salarios mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y hasta por 1000 salarios mensuales en las sedes Manizales y Palmira. 3. La autorización de gastos de viaje y viáticos por comisiones de personal docente y administrativo con cargo al Fondo Especial del Instituto, los gastos de transporte y estadía de contratistas de la sede y los gastos para la ejecución de los contratos celebrados por el Director del Instituto. 4. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Funciones relacionadas con la administración del personal académico.
Delega en los Directores de Centros de Sede las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la suscripción de contratos hasta por 3000 salarios mínimos mensuales en las sedes Bogota y Medellín y hasta por 1000 en las sedes Manizales y Palmira. 2. La ordenación de gastos hasta por 3000 salarios mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y hasta por 1000 salarios mensuales en las sedes Manizales y Palmira. 3. La autorización de gastos de viaje y viáticos por comisiones de personal docente y administrativo con cargo al Fondo Especial del Centro, los gastos de transporte y estadía de contratistas de la sede y los gastos para la ejecución de los contratos celebrados por el Director del Centro. 4. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Funciones relacionadas con la administración del personal académico.
Delega en los Decanos las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos legales y la suscripción de contratos hasta por 3000 salarios mínimos mensuales en las sedes Bogota y Medellín y hasta por 1000 en las sedes Manizales y Palmira. 2. La ordenación de gastos hasta por 3000 salarios mensuales en las sedes Bogotá y Medellín y hasta por 1000 salarios mensuales en las sedes Manizales y Palmira. 3. La autorización de gastos de viaje y viáticos por comisiones de personal docente y administrativo con cargo al Fondo Especial de la Facultad, los gastos de transporte y estadía de contratistas de la sede y los gastos para la ejecución de los contratos celebrados por el Decano. 4. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Ordenar la devolución la devolución de las sumas pagadas por matricula por estudiantes de pregrado y posgrado. 5. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Funciones relacionadas con la administración del personal académico.
Delega a los Directores de Sede las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales, la celebración de convenios de cooperación reciproca, la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación de gastos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización de gastos de transporte y estadía de contratistas de la sede y los gastos para la ejecución de los contratos celebrados por el Director de la sede. 4. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Ordenar la devolución la devolución de las sumas pagadas por matricula por estudiantes de pregrado y posgrado. 5. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Funciones relacionadas con la administración del personal académico.
Derogado por Art. 13, Resolución Rectoría 980 de 2004. Establece las funciones del Rector en materia de autorización del gasto. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Señala las funciones exclusivas del Rector en materia de administración del personal académico.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Señala las funciones del Comité de Contratación del Nivel Nacional de la Universidad Nacional de Colombia.
Delega en los Directores de Sede de Unisalud las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación del gasto hasta por cuantía de 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización del gasto para la ejecución de órdenes y contratos relacionados con sus funciones y no atribuidos a otra autoridad. 4. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. La autorización de pago con cargo a los recursos de las subcuentas del Fondo Especial de Unisalud.
Delega en el Gerente Nacional de Unisalud las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación del gasto hasta por cuantía de 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización del gasto para la ejecución de órdenes y contratos relacionados con sus funciones y no atribuidos a otra autoridad. 4. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. La autorización de pago con cargo a los recursos del Fondo Especial de Unisalud. 5. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. Reconocimiento y liquidación de pensiones y cuotas y bonos pensionales al personal del nivel nacional y de las sedes Bogotá, Palmira, Arauca, Leticia y San Andrés.
Delega en el Director de Unibiblos las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación del gasto hasta por cuantía de 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización del gasto para la ejecución de órdenes y contratos relacionados con sus funciones y no atribuidos a otra autoridad. 4. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. La autorización de pago con cargo a los recursos del Fondo Especial de Unibiblos.
Delega en el Director Nacional Financiero y Administrativo las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación del gasto hasta por cuantía de 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización del gasto para la ejecución de órdenes y contratos relacionados con sus funciones y no atribuidos a otra autoridad. 4. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. La autorización de todos los pagos correspondientes al presupuesto de funcionamiento, inversión y servicio de la deuda del nivel nacional y del Fondo Especial de la misma Dirección.
Delega en el Director de Unimedios las siguientes funciones: 1. Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. La suscripción de órdenes contractuales hasta por 200 salarios mínimos mensuales y la celebración de contratos hasta por 1000 salarios mínimos mensuales. 2. La ordenación del gasto hasta por cuantía de 1000 salarios mínimos mensuales. 3. La autorización del gasto para la ejecución de órdenes y contratos relacionados con sus funciones y no atribuidos a otra autoridad. 4. Modificado por Art. 1, Resolución Rectoría 120 de 2001. La autorización de pago con cargo a los recursos del Fondo Especial de Unimedios.
Delega en el Vicerrector General la celebración y ejecución de órdenes y contratos correspondientes a sus funciones, excluyendo los contratos celebrados por el Rector. Derogado por art. 10, Resolución Rectoría 1494 de 2009. Igualmente, le delega funciones de administración del personal administrativo de la Universidad Nacional de Colombia.
Delega en el Vicerrector Académico la celebración y ejecución de órdenes y contratos correspondientes a sus funciones, excluyendo los contratos celebrados por el Rector.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Establece la integración de los Comités de Contratación de las Facultades de la Universidad Nacional de Colombia.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Establece la integración de los Comités de Contratación de las Sedes de la Universidad Nacional de Colombia.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Establece la integración de los Comités de Contratación de los Institutos Interfacultades de la Universidad Nacional de Colombia.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Establece la integración de los Comités de Contratación de los Centros de Sede de la Universidad Nacional de Colombia.
Derogado por Art. 2, Resolución Rectoría 313 de 2008. Establece la integración del Comité de Contratación del Nivel Nacional de la Universidad Nacional de Colombia.