Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Costo de Póliza de Accidentes Estudiantiles

Indica que corresponde a la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa establecer el costo semestral o anual que deben cancelar los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia por concepto de póliza de accidentes estudiantiles. (Art. 6).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Costos

Contempla que en cada período académico los estudiantes de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia deben cancelar los siguientes costos: Derechos administrativos, Derechos académicos, Bienestar y Póliza de accidentes estudiantiles. A excepción de los derechos académicos, que pueden variar de acuerdo al programa curricular, los demás costos son fijos para todos los posgrados. (Art. 2).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Costos de Bienestar

Determina que los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia deben cancelar por concepto de bienestar diez (10) puntos en los programas de régimen semestral y veinte (20) puntos en los programas de régimen anual. (Art. 5).

Tema: ESTUDIANTES DE POSGRADO
Subtema: Costos de Matrícula

Establece los costos de matrícula para los estudiantes de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

Tema: PROGRAMAS CURRICULARES DE POSGRADO
Subtema: Costos de Matrícula

Señala los costos de matrícula para los estudiantes de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

Tema: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Subtema: Costos de Matrícula de Posgrado

Establece los costos de matrícula para los estudiantes de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia.

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Derechos Académicos

Determina los conceptos que comprenden los derechos académicos que deben cancelar los estudiantes de los programas curriculares de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia. Señala que el número de puntos que se debe cancelar por esos derechos académicos, se debe establecer por los Consejos de Facultad o Comités Académico Administrativos, (Art. 4).

Tema: ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Subtema: Derechos Académicos

Derogado por Art. 1, Acuerdo CSU 007 de 2011. Consagra que los estudiantes extranjeros de los programas de posgrado deberán cancelar por derechos académicos el doble del costo establecido por los Consejos de Facultad o Comités Académico Administrativos. (Art. 4).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Derechos Administrativos

Establece que los derechos administrativos se refieren a los elementos administrativos necesarios para el buen funcionamiento de los programas curriculares de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia. Así mismo establece el valor de estos derechos administrativos, que es el mismo para todos los programas de posgrado. (Art. 3).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Fechas de Pago

Contempla que los costos de los derechos administrativos, los derechos académicos, el bienestar y la póliza de accidentes estudiantiles, deben ser cancelados por los estudiantes de posgrados en las fechas establecidas por los respectivos Consejos de Sede o Comités Académico Administrativos. (Art. 7).

Tema: CONSEJOS DE FACULTAD
Subtema: Funciones

Señala como función de los Consejos de Facultad la de establecer el número de puntos de los derechos académicos de los programas curriculares de posgrado que administra la respectiva Facultad, dentro de los límites máximos fijados por el Consejo superior Universitario. (Art. 4).

Tema: COMITÉS ACADÉMICO ADMINISTRATIVOS
Subtema: Funciones

Señala como función de los Comités Académico Administrativos la de establecer el número de puntos de los derechos académicos de los programas curriculares de posgrado que administra la respectiva Sede de Presencia Nacional, dentro de los límites máximos fijados por el Consejo superior Universitario. (Art. 4).

Tema: GERENCIA NACIONAL FINANCIERA Y ADMINISTRATIVA
Subtema: Funciones

Establece como función de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa establecer, de conformidad con la póliza de accidentes que adquiera la Universidad, el costo semestral o anual que deben cancelar los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia por concepto de póliza de accidentes estudiantiles. (Art. 6).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Matrícula Extemporánea

Contempla que el costo de la matrícula extemporánea en los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia es de treinta (30) puntos, adicionales al costo de la matrícula o su renovación. (Art. 3, Parágrafo).

Tema: MATRÍCULA DE POSGRADO
Subtema: Sistema de Puntos

Determina que los costos de matrícula de los programas de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia, se establecen mediante un sistema de puntos en el que un (1) punto equivale a un (1) día de salario mínimo mensual legal vigente. (Art. 1).

Tema: DERECHOS ACADÉMICOS
Subtema: Valor

Señala que el número de puntos por concepto de derechos académicos que deben pagar los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia, será establecido por los respectivos Consejos de Facultad o Comités Académico Administrativos, sin que ello supere los doscientos (200) puntos en los programas de régimen semestral y los cuatrocientos (400) puntos en los programas de régimen anual.

Tema: DERECHOS ADMINISTRATIVOS
Subtema: Valor

Señala que los derechos administrativos que deben pagar los estudiantes de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia corresponden a treinta (30) puntos en los programas de régimen semestral y a sesenta (60) puntos en los programas de régimen anual. (Art. 3).