Tema: CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO
Subtema: Autorizaciones

Derogada por Art. 6, Acuerdo CSU 355 de 2021. Autoriza al Rector de la Universidad Nacional de Colombia para otorgar excepción al numeral 3 del artículo 44 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario - Estatuto Estudiantil - para los estudiantes que al momento de otorgárseles el reingreso contaban con un PAPA inferior o igual a tres punto cero (3.0) y que en el semestre de reingreso no alcanzaron a obtener un PAPA igual o superior a tres punto cero (3.0).

Tema: RECTOR Y/O RECTORÍA
Subtema: Funciones

Derogada por Art. 6, Acuerdo CSU 355 de 2021. Autoriza al Rector de la Universidad Nacional de Colombia para otorgar excepción al numeral 3 del artículo 44 del Acuerdo 008 de 2008 del Consejo Superior Universitario - Estatuto Estudiantil - para los estudiantes que al momento de otorgárseles el reingreso contaban con un PAPA inferior o igual a tres punto cero (3.0) y que en el semestre de reingreso no alcanzaron a obtener un PAPA igual o superior a tres punto cero (3.0).

Tema: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Subtema: Reingresos

Derogada por Art. 6, Acuerdo CSU 355 de 2021.Autoriza al Rector de la Universidad para otorgar excepción al numeral 3 del artículo 44 del Estatuto Estudiantil, en relación con aquellos estudiantes que se les otorgó reingreso con un Promedio Académico Ponderado Acumulado entre dos punto siete (2.7) y tres punto cero (3.0) y que durante el semestre de reingreso no alcanzaron a elevar dicho a tres punto cero (3.0), por lo que dichos estudiantes no perderían tal calidad siempre y cuando obtengan un Promedio Semestral Ponderado igual o superior a tres punto cinco (3.5).

Tema: ESTUDIANTES
Subtema: Reingresos

Derogada por Art. 6, Acuerdo CSU 355 de 2021. Autoriza al Rector de la Universidad para otorgar excepción al numeral 3 del artículo 44 del Estatuto Estudiantil, en relación con aquellos estudiantes que se les otorgó reingreso con un Promedio Académico Ponderado Acumulado entre dos punto siete (2.7) y tres punto cero (3.0) y que durante el semestre de reingreso no alcanzaron a elevar dicho a tres punto cero (3.0), por lo que dichos estudiantes no perderían tal calidad siempre y cuando obtengan un Promedio Semestral Ponderado igual o superior a tres punto cinco (3.5).