Conceptúa sobre el suministro de información personal de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, proveniente de la base de datos del Sistema de Información Académica.
Explica que la información que reposa en el SIA referida a datos personales de los estudiantes Universidad no puede ser revelada sin que medie la aprobación de aquellos, pues de lo contrario, se incurriría en una violación del derecho a la intimidad reconocido en la Constitución Política.
Sostiene que la información que reposa en las bases de datos debe ser administrada de manera tal que no se vulnere el derecho a la intimidad de quienes están allí registrados. Establece las diferencias entre la información pública y la información semi-privada.