Concluye que es posible que un docente en año sabático pueda emplear los recursos correspondientes al rubro "Viajes y gastos de viaje" de su proyecto de investigación, para que financie los desplazamientos en cumplimiento de compromisos derivados de tal proyecto, siempre que el año sabático haya sido concedido bajo las normas del Acuerdo 35 de 2002 del CSU y que el proyecto haya empezado antes del inicio del año sabático. También, debe mediar autorización del Consejo Superior Universitario sobre el otorgamiento de los viáticos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 39 del Acuerdo 35 de 2002.
Concluye que es posible que un docente en año sabático pueda emplear los recursos correspondientes al rubro "Viajes y gastos de viaje" de su proyecto de investigación, para que financie los desplazamientos en cumplimiento de compromisos derivados de tal proyecto, siempre que el año sabático haya sido concedido bajo las normas del Acuerdo 35 de 2002 del CSU y que el proyecto haya empezado antes del inicio del año sabático. También, debe mediar autorización del Consejo Superior Universitario sobre el otorgamiento de los viáticos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 39 del Acuerdo 35 de 2002.
Concluye que es posible que un docente en año sabático pueda emplear los recursos correspondientes al rubro "Viajes y gastos de viaje" de su proyecto de investigación, para que financie los desplazamientos en cumplimiento de compromisos derivados de tal proyecto, siempre que el año sabático haya sido concedido bajo las normas del Acuerdo 35 de 2002 del CSU y que el proyecto haya empezado antes del inicio del año sabático. También, debe mediar autorización del Consejo Superior Universitario sobre el otorgamiento de los viáticos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 39 del Acuerdo 35 de 2002.
Conceptúa acerca de la posibilidad de utilizar los recursos correspondientes al rubro "Viajes y gastos de viaje" de un proyecto de investigación, por un docente de la Universidad Nacional de Colombia, durante el periodo de año sabático.
Concluye que es posible que un docente en año sabático pueda emplear los recursos correspondientes al rubro "Viajes y gastos de viaje" de su proyecto de investigación, para que financie los desplazamientos en cumplimiento de compromisos derivados de tal proyecto, siempre que el año sabático haya sido concedido bajo las normas del Acuerdo 35 de 2002 del CSU y que el proyecto haya empezado antes del inicio del año sabático. También, debe mediar autorización del Consejo Superior Universitario sobre el otorgamiento de los viáticos, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 39 del Acuerdo 35 de 2002.