Explica que de acuerdo con lo preceptuado en el numeral 9 del artículo 17 del Acuerdo 024 de 2007, el tiempo que debe considerarse al momento de otorgar una comisión que implique la compensación de tiempos de servicio a la Universidad, es el tiempo que le queda al docente para consolidar el derecho a la pensión de jubilación y no el que quede para llegar a la edad de retiro forzoso.
Conceptúa sobre la compensación del tiempo de servicio que debe cumplir un docente, cuando se le ha otorgado una comisión de estudios.
Explica que de acuerdo con lo preceptuado en el numeral 9 del artículo 17 del Acuerdo 024 de 2007, el tiempo que debe considerarse al momento de otorgar una comisión que implique la compensación de tiempos de servicio a la Universidad, es el tiempo que le queda al docente para consolidar el derecho a la pensión de jubilación y no el que quede para llegar a la edad de retiro forzoso.