Conceptúa acerca de la aplicación de descuentos automáticos a los docentes a quienes se les ha reconocido puntos por títulos académicos de manera anticipada.
Explica que en casos de asignación de puntaje provisional, la Universidad, en concordancia con lo determinado por el Acuerdo 023 de 2008, a efectos de la devolución de las sumas entregadas al docente, la institución debe proceder a realizar el descuento de manera automática, cuando el Ministerio de Educación Nacional no convalide el título presentado o lo haga en inferior nivel.