Conceptúa acerca de las bonificaciones por productividad académica, cuando se trata de trabajos que fueron publicados, elaborados o presentados en eventos, en anteriores vigencias.
Explica que existe una limitación en el tiempo para la liquidación y pago de las bonificaciones por productividad académica, pues una vez el producto es reconocido por el Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje, es deber de la Universidad a través de la División Nacional Salarial y Prestacional y la Tesorería respectiva, liquidar y pagar la misma en el mismo semestre en el que se causó la bonificación, así el trabajo reconocido hubiese sido publicado, elaborado o presentado en una vigencia anterior.