Reglamenta el funcionamiento del Consejo de Sede en materia de extensión, especificamente en el tema de definición de líneas y políticas en ésta materia en la Sede Bogotá y en lo referente a la afectación del régimen financiero de las actividades, proyectos, programas y planes de extensión.
Reglamenta el funcionamiento del Consejo de Sede en materia de extensión, especificamente en el tema de definición de líneas y políticas en ésta materia en la Sede Bogotá y en lo referente a la afectación del régimen financiero de las actividades, proyectos, programas y planes de extensión.
Señala que las líneas y políticas en materia de extensión que adopte el Consejo de la Sede Bogotá, estarán en concordancia con las establecidas por las autoridades del nivel nacional de la Universidad y requerirá el análisis previo del Comité de extensión de la Sede Bogotá.
Establece el procedimiento para presentar solicitudes ante el Consejo de la Sede Bogotá con la finalidad de afectar el régimen financiero de las actividades, proyectos, programas y planes de extensión de su competencia.