Establece que la Coordinación de prácticas y pasantías Universitarias de las facultades de la Sede Medellín estará a cargo de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión de cada Facultad y señala sus objetivos y funciones.
Señala que la Coordinación de prácticas y pasantías Universitarias de la Sede Medellín estará a cargo de la Dirección de Extensión de Sede y señala sus objetivos y funciones.
Determina las personas encargadas y el procedimiento para la calificación de las pasantías y prácticas universitarias en la Sede Medellín.
Establece las funciones de la Coordinación de prácticas y pasantías Universitarias de la Sede Medellín.
Señala las funciones de la Coordinación de prácticas y pasantías Universitarias de las facultades de la Sede Medellín.
Establece directrices al interior de las dependencias de la Sede Medellín para el manejo de las pasantías y prácticas universitarias como una de las modalidades de extensión. En este sentido, define las instancias encargadas de su coordinación, los requisitos que debe cumplir el estudiante y la entidad, las responsabilidades de quienes intervienen en las prácticas y pasantías y finalmente, su forma de evaluación.
Determina que los requisitos para acceder a una práctica o pasantía universitaria de la Sede Medellín serán determinados por los Comités Académicos de toda carrera, por las empresas y el estudiante. Sin embargo, establece unos requisitos mínimos para el aval de la práctica y otros que deberán cumplir la entidad y el estudiante.
Consagra las responsabilidades del asesor académico, el asesor laboral y el estudiante, quienes son las personas que intervienen en la realización de las pasantías y prácticas universitarias en la Sede Medellín.