Determina que el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín será auto sostenible y su presupuesto de funcionamiento se ajustará a los recursos obtenidos en el ejercicio de su gestión.
Crea el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín el cual estará adscrito a la Dirección de Extensión Universitaria de la Sede y señala los aspectos relacionados con sus objetivos, funciones, administración y financiamiento, al igual que las funciones del Consejo de Centro y del Director de Centro.
Señala que el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín contará con un Consejo de Centro y establece su integración y funciones.
Crea el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín el cual estará adscrito a la Dirección de Extensión Universitaria de la Sede.
Establece que el Director del Centro de Educación Continua y Permanente de la Sede Medellín será el encargado de la dirección y administración del Centro y señala el procedimiento para su designación y las calidades que debe reunir para su nombramiento. Finalmente, determina las funciones que deberá desarrollar en el ejercicio de su cargo.
Autoriza al Vicerrector de la Sede Medellín para dictar las medidas reglamentarias que sean necesarias para la implementación y operatividad del Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín.
Señala las funciones que deberá desarrollar el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín.
Establece los objetivos que deberá cumplir el Centro de Educación Continua y Permanente en la Sede Medellín.