Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector privado o público no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector privado o público no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector privado o público no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Conceptúa acerca de las comisiones previstas en el Acuerdo 024 de 2007 del CSU que deben descontarse para determinar el tiempo mínimo de permanencia en una categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector privado o público no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector privado no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.
Concluye que las comisiones que se otorgan para desempeñar cargos en el sector público no deben ser consideradas para determinar el tiempo mínimo de permanencia en la categoría para fines de promoción y el tiempo máximo de permanencia en una categoría docente.