Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.
Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.
Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.
Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.
Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.
Delega en los Consejos de Sede la apertura de programas curriculares ya creados en la Universidad Nacional de Colombia que hubiesen seguido los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Acuerdo 035 de 2009 del Consejo Superior Universitario.