Tema: UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
Subtema: Reingresos

Aclara que los Consejos de Facultad solo podrán autorizar un único reingreso por cada admisión a la Universidad siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo anteriormente citado. Por lo tanto cuando un estudiante cursa un plan en doble titulación o cuando cursa un plan por traslado no tiene derecho a un nuevo reingreso si en el plan origen ya le había sido autorizado uno. Así mismo si el ex estudiante se presenta a un nuevo proceso de admisión y adquiere la calidad de estudiante, tendrá derecho a un reingreso en el nuevo programa curricular aun cuando haya tenido reingreso en otro programa por tratarse de una nueva admisión.

Tema: ESTUDIANTES
Subtema: Reingresos

Aclara que los Consejos de Facultad solo podrán autorizar un único reingreso por cada admisión a la Universidad siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el Artículo anteriormente citado. Por lo tanto cuando un estudiante cursa un plan en doble titulación o cuando cursa un plan por traslado no tiene derecho a un nuevo reingreso si en el plan origen ya le había sido autorizado uno. Así mismo si el ex estudiante se presenta a un nuevo proceso de admisión y adquiere la calidad de estudiante, tendrá derecho a un reingreso en el nuevo programa curricular aun cuando haya tenido reingreso en otro programa por tratarse de una nueva admisión.