Señala que los Consejos de las Facultades y Escuelas podrán recibir alumnos Asistentes en aquellas materias en que a su juicio no se perjudiquen la enseñanza.
Señala que los Consejos de las Facultades y Escuelas podrán recibir alumnos Asistentes en aquellas materias en que a su juicio no se perjudiquen la enseñanza.